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miércoles, 5 de octubre de 2016

¿ES EL PERÚ UN ESTADO LAICO? UN DEBATE INTERDISCIPLINARIO SOBRE LA LAICIDAD JUEVES 6 DE OCTUBRE 12 M.

¿ES EL PERÚ UN ESTADO LAICO? UN DEBATE INTERDISCIPLINARIO SOBRE LA LAICIDAD

Fecha: 6 de octubre de 2016 12 m.
Lugar: Auditorio de Estudios Generales Letras
Organizado por: Coordinación de la Especialidad de Filosofía y Estudios Generales Letras

La cultura liberal asume que la laicidad es parte de un estado democrático y de derecho y de las organizaciones de la sociedad llamadas a fortalecerlo. ¿Qué tan lejos de ese ideal nos encontramos en el Perú? ¿Y cómo se explica esta situación particular?
  • Marco Huaco Palomino (Derecho – UNMSM)
  • Fernando Armas Asín (Historia – UP)
  • Felipe Zegarra Russo (Teología – PUCP)
  • Gonzalo Gamio Gehri (Ciencias Sociales – PUCP)

Moderador: Luis Bacigalupo (Filosofía – PUCP)
Ingreso libre a la comunidad PUCP
Inscripciones para personas externas a la PUCP

domingo, 29 de mayo de 2016

UN SEMINARIO ACERCA DE LA IMPORTANCIA DEL FACTOR RELIGIOSO EN LA POLÍTICA PERUANA






UN  INTERESANTE SEMINARIO SOBRE UN TEMA CONTROVERSIAL





Gonzalo Gamio Gehri

Los días 19 y 20 la Universidad del Pacífico organizó un Seminario sobre La importancia del factor religioso en la política peruana. Tuve la oportunidad y el honor de participar en este evento al lado de especialistas importantes como Juan Fonseca, Juan Carlos La Serna, Gerson Jualcarima, Cristóbal Aljovín, Matthew Casey, quienes desarrollaron conferencias que abordaron el impacto de las doctrinas y prácticas religiosas en la vida política en el Perú y en América Latina. Dos grandes expertos en el tema – Catalina Romero y Fernando Armas – comentaron las ponencias.

Mi participación se tituló Espíritu profético y acción política en el Perú, se ocupó de  examinar las posibilidades del sentido profético en un contexto secular. Está construida como un ensayo de reflexión filosófica sobre las formas de acción política que pueden desarrollar los católicos en una sociedad democrática y pluralista. Defiende la tesis liberal según la cual la acción política de los creyentes es compatible con las condiciones de un Estado laico, respetuoso de la diversidad de religiones y cosmovisiones. En el Perú, el compromiso cívico tal vez  un tanto más “orgánico” de los católicos progresistas se sitúa más en las organizaciones de la sociedad civil que en el sistema político local..

jueves, 21 de abril de 2016

ESTADO LAICO Y CULTURA POLÍTICA






Gonzalo Gamio Gehri [1]


Es común que en nuestro país las comunidades religiosas pretendan intervenir en el desarrollo de las políticas públicas. Sus líderes intentan justificar su acción aduciendo que estas iglesias representan el punto de vista de millones de peruanos. En ciertas ocasiones, exhiben su importante nivel de convocatoria con marchas y eventos en los que formulan sus juicios sobre la materia ante sus fieles. Esta clase de situaciones de conflicto nos lleva a preguntarnos cuál habría de ser el lugar de las religiones y sus instituciones en una sociedad democrática.

Las sociedades liberales suelen erigir Estados laicos o aconfesionales. Se trata de sistemas legales y políticos que no cuentan con una “religión oficial”, sino que se comprometen a proteger rigurosamente la libertad y el derecho de los ciudadanos a creer y a no creer, a ingresar en iglesias o a abandonar las comunidades religiosas o cosmovisionales de acuerdo con los dictámenes de su conciencia. Estas sociedades reconocen una clara frontera institucional entre los fueros del Estado y los de las iglesias. La política pública no debe ser diseñada a partir de las canteras doctrinales de un credo en particular, dado que el Estado democrático actúa en conformidad con la satisfacción de los derechos y las oportunidades de cada persona, y no privilegia exclusivamente las expectativas de un grupo social, aunque éste sea mayoritario. Atender de manera prioritaria a la voz de un colectivo confesional puntual implicaría discriminar a los demás.

Los conservadores religiosos sostienen que esta defensa de la laicidad constituye una invitación a una suerte de rechazo de lo espiritual en la vida social, una especie de institucionalización del desplazamiento de la esfera de la fe hacia lo meramente individual. Esa suposición es falsa. El tema espiritual no es estrictamente “privado”; es un asunto específicamente social. Cuando se señala que el Estado democrático debe garantizar las libertades de creencia religiosa y de visión del mundo - en tanto se declara ‘neutral’ en términos doctrinales - no se está pretendiendo acallar la voz de las religiones y las visiones del mundo en materia de justicia. Se sostiene acertadamente que el lugar de la creencia religiosa y de visión del mundo es la sociedad civil, los espacios de deliberación y formación de juicio común en materia de construcción de saber, el discernimiento del sentido de la vida, el mundo del trabajo, etc. Las Universidades, los colegios profesionales, los sindicatos, las organizaciones no gubernamentales, las iglesias, son instituciones que pertenecen a este ámbito social.  Es perfectamente  posible que desde estas organizaciones se construyan argumentos, o se reivindiquen derechos y libertades que puedan ser recogidos por la instancia política, en la medida en que se formulen en el registro del lenguaje de la razón pública, el léxico de una cultura política que involucra a todos los ciudadanos que actúan y reflexionan al interior de una comunidad democrática, simétrica e inclusiva. Es precisamente lo que hizo Martin Luther King Jr. en los Estados Unidos en el contexto de la lucha por los derechos civiles de los afroamericanos en los años sesenta: su mensaje planteó una serie de exigencias de justicia básica y florecimiento humano que se nutrían de una fuente bíblica – los libros proféticos, el propio Evangelio -, pero que asumían estrictamente el lenguaje cívico de la igualdad y la libertad universales, presente en la carta constitucional, en la cultura de los derechos humanos y en el legado ético – político de las democracias. Este mensaje inclusivo convocaba a todos los ciudadanos, no solamente a los creyentes.

En el Perú, la afirmación del Estado democrático como laico es aún una tarea inacabada. Se defiende con frecuencia la neutralidad estatal en materia religiosa y de visión del mundo, pero se mantienen prácticas que son expresamente incompatibles con este principio, como establecer que en el plan de estudios de las escuelas públicas se dicte en curso de religión planteado en términos de difusión de un credo particular, o permitir que las festividades nacionales incluyan (en un nivel institucional) la celebración de un ritual religioso puntual, como la célebre Misa y Te Deum. El discurso del reconocimiento de “instituciones tutelares” de la patria – Fuerza Armada e Iglesia Católica – forma parte todavía – lamentablemente – del imaginario implícito de buena parte de nuestros “sectores dirigentes”, a pesar de ser expresión de un sistema ideológico autoritario, completamente incompatible con el ethos democrático, basado en la idea de la autonomía de los ciudadanos. Se trata de un discurso reaccionario, que alimenta la exclusión social y política en un país de instituciones frágiles. Necesitamos examinar rigurosamente las diversas aristas nuestra cultura política ordinaria, para construir una genuina ética cívica, fundada en el irrestricto derecho al autogobierno. Se trata de un aspecto fundamental del proceso mismo de edificación estricta de una auténtica democracia liberal.

(Publicado en Ideele).




[1] Doctor en Filosofía por la Universidad Pontificia de Comillas (Madrid, España). Actualmente es profesor en la Pontificia Universidad Católica del Perú y en la Universidad Antonio Ruiz de Montoya.

viernes, 15 de abril de 2016

EL DEBATE EN TORNO A LA LAICIDAD DEL ESTADO LIBERAL






REFLEXIONES FILOSÓFICAS


Gonzalo Gamio Gehri   [1]


Una democracia plena requiere – entre otras (muchas) cosas – un Estado laico, respetuoso del pluralismo religioso y de visiones del mundo, en el marco del respeto de la libertad y la igualdad de cada uno de sus ciudadanos. La existencia de un Estado laico – un Estado estrictamente aconfesional – constituye una condición necesaria (no suficiente) para la construcción de una sociedad democrática y liberal. El tema de la laicidad debe ser asumido con toda rigurosidad conceptual y honestidad intelectual. Es una lástima que en plena campaña electoral este asunto se discuta con poco o ningún cuidado por nuestros políticos. El problema es que los columnistas de opinión que se han referido a este tema tampoco lo enfrentan en términos conceptuales, y prefieren abordarlo ideológicamente, identificando la defensa de un Estado aconfesional con una  política de “hostilidad hacia el cristianismo”. La mejor forma de clarificar este problema y examinar sus consecuencias prácticas pasa por devolverlo al terreno de los argumentos.

Permítanme recapitular la idea central que está en juego en esta discusión, a partir de algunas reflexiones anteriores que he desarrollado sobre este problema[2]. Un Estado es laico si cumple con tres condiciones. 1) Si no existe una religión oficial; 2) si se protege la libertad religiosa y la libertad de conciencia de los ciudadanos; 3) si existe genuina  independencia entre el Estado y las iglesias. El Estado democrático no se pronuncia sobre asuntos religiosos y de visión del mundo, de modo que el diseño de las normas y las políticas públicas no proviene de consideraciones de doctrina religiosa. El Estado democrático liberal se cimenta en principios de justicia y valores públicos, edificados sobre la base de un consenso entrecruzado en condiciones de “pluralismo razonable” (Rawls). Tales principios y valores no abarcan el sentido de la totalidad de la vida o la estructura del cosmos; se refieren únicamente a los cimientos de la razón pública y a las bases normativas e institucionales de la convivencia en una sociedad diversa. Otorgar algún privilegio a una perspectiva religiosa puntual o a una iglesia específica implicaría violar uno de los principios básicos de una democracia liberal, que el Estado trate de igual forma a cada uno de los ciudadanos. La democracia liberal no desestima con ello el importante rol de las religiones y visiones del mundo en la vida de las personas, sólo considera que el vínculo religioso y de cosmovisión es un asunto ajeno al ámbito de acción específico del Estado; corresponde a los espacios deliberativos de la sociedad civil el tratamiento y discusión de los temas espirituales y de sentido de la vida; no se trata, tampoco, de asuntos meramente privados.

La relación entre el Estado democrático y las iglesias, no es, pues, de hostilidad, sino de colaboración inter-institucional allí donde no se compromete la neutralidad doctrinal  del propio Estado. La sugerencia de que la preocupación por la constitución de un auténtico Estado laico supone la promoción de alguna clase de enfrentamiento ideológico con los creyentes proviene de la evidente caricaturización de la idea de la laicidad. A menudo se contrasta la “laicidad” – perspectiva que acabamos de describir – y el “laicismo” (la actitud hostil frente a lo religioso), sin detenerse demasiado en desarrollar conceptualmente este contraste, pues – en la pluma de numerosos críticos - los defensores de la neutralidad liberal en materia de religión y cosmovisión son etiquetados como “laicistas”, generadores de una suerte de “des-espiritualización” de la sociedad. Los partidarios del pluralismo liberal son comparados tendenciosamente con los funcionarios comunistas que se propusieron prohibir la práctica de las creencias religiosas en las primeras décadas del siglo XX.

Una columnista de un portal tradicionalista, Karina Flores Yataco, plantea las siguientes preguntas en torno a las potenciales acciones de un Estado laico. En ellas puede reconocerse un propósito polémico antes qué explicativo, pero a la vez ellas ponen de manifiesto con claridad el nivel de crispación y conflictividad que caracterizan este debate en la hora presente en el país:

“Entonces si el Estado es laico, por qué no quitan todos los símbolos religiosos, o retiran las fechas religiosas del calendario nacional, por qué permiten procesiones en el país, porqué tiene que haber presencia de la Iglesia en la sociedad”[3].

El carácter retórico de las inquietudes que consignan las declaraciones citadas es evidente. Un tratamiento académico riguroso del tema exigiría hacer precisiones importantes en torno al cultivo de la neutralidad que se espera de un Estado laico y el ejercicio de la libertad religiosa qué éste debe proteger y consolidar. Esta clase de simplificaciones precisamente impide el tipo de esclarecimiento intelectual que el problema de la laicidad requiere. Resulta imperativo examinar casos de naturaleza distinta. Ciertamente resultaría absurdo para una democracia liberal prohibir la realización de una procesión religiosa en las calles, pero sí tendría sentido sostener que en la escuela pública no debería impartirse un curso de religión de corte catequético en el que se difunda sólo un credo particular, pues el espacio estatal debe ser plural y aconfesional; sí tendría sentido, en cambio, el desarrollo de un curso más amplio y dialógico sobre el contenido de las “grandes religiones” y su lugar en el horizonte de las culturas humanas.

Otros críticos desarrollan sus puntos de vista desde una perspectiva más abiertamente conservadora, que acaso revela la presencia de una cierta nostalgia por el Estado confesional. En una tradición intelectual que se remite a V. A. Belaúnde, Martín Santiváñez  - Decano de la Facultad de Derecho de una universidad de la capital - sostiene que la discusión local sobre el Estado laico enfrentaría a la Iglesia con sus enemigos en el plano cultural y político, los suscriptores de una “alianza liberal-progresista (…) que busca dividir hasta la enemistad al Estado y la Iglesia[4]. Esta actitud lesionaría gravemente la cohesión de la sociedad, dado que – afirma el columnista de El montonero - “ninguna sociedad se explica sin el hecho religioso”. 

Esa última frase requiere de una argumentación que la sostenga, puesto que, formulada escueta y aisladamente, se revela solamente como una aseveración dogmática más. En un mundo social e intelectual plural, una tesis como esa debe ser discutida con esmero. No resulta claro que la sociedad esté estructurada desde el hecho religioso, o que deba regirse desde criterios de origen teológico; de hecho, la explicación de la sociedad y de su organización política descansa sobre fuentes seculares, al menos desde el siglo XVII hasta el día de hoy. Dicha tesis tradicionalista no sólo resulta controvertida para académicos y ciudadanos que no comparten racionalmente esas premisas teológicas, sino que incluso puede ser cuestionada desde los derroteros espirituales que están a la base del propio Concilio Vaticano II, que plantea de modo explícito la “autonomía de lo temporal”, en términos sociales y políticos.

Santiváñez arguye que “la religión es un componente fundamental de toda sociedad, por lo tanto, el Estado no puede vivir de espaldas a la religión”. Esta es una afirmación algo más matizada que la anterior. No obstante, ella reproduce veladamente la idea de que la neutralidad estatal en materia de religión y cosmovisión supondría el desconocimiento (o la indiferencia) frente a la relevancia de las religiones y las visiones del mundo en la vida de los individuos. En el fondo esta tesis es víctima de una confusión: ella presupone erróneamente que la consolidación de la neutralidad estatal implicaría necesariamente la generación de alguna clase de deterioro de la práctica religiosa en la sociedad, o que se bloquearía cualquier tipo de cooperación inter-institucional entre las iglesias y la instancia pública. Ello, por supuesto, no es cierto. Las iglesias forman parte de la sociedad civil – junto a las universidades, los colegios profesionales, los sindicatos y otras organizaciones sociales -, y desde ella participan activamente en el debate colectivo sobre el bien común, el florecimiento humano, el trato equitativo y otros temas que conciernen a la comunidad entera, temas que interesan por igual a las instituciones sociales y a las organizaciones políticas, y que pueden ser incorporados en la agenda pública. Su voz es importante en un espacio simétrico de interlocución que convoca a diversas voces involucradas con la reflexión cívica sobre temas de interés común que puedan ser relevantes para la consecución del bien público[5].  

Pero la perspectiva conservadora no renuncia a una pretensión política más totalizadora, que recuerda algunos de los objetivos políticos del antiguo Estado confesional. A su juicio, la Iglesia católica, como promotora de la verdad, transmite un mensaje que debe ser escuchado, recogido y ejecutado por el Estado sin mayor dilación, dada la grave situación que afrontaría la sociedad. “La crisis moral que atraviesa el Perú”, señala Santiváñez, “se debe al olvido del idioma estatal, a la postergación del lenguaje político por parte de los cristianos (…). Solo el cristianismo es capaz de iluminar las realidades temporales de la política y precisamente por eso, la Iglesia tiene el deber de pronunciarse sobre el descarrilamiento de los políticos y la creciente inoperancia del Estado”. El autor decreta – sin la mediación de justificación alguna - el protagonismo de una única visión de la existencia en el proceso social y político de solución de los problemas de nuestra sociedad y ‘el logro de su destino’. La contundencia de estas aseveraciones – que parecen no admitir revisión ni discusión -, así como el tono apocalíptico del fraseo revelan que se trata de una interpretación de la política completamente incompatible con la condición de “pluralismo razonable” que constituye la base de una sociedad democrática y liberal.  

La Iglesia tiene que defender TODA LA VERDAD y existe, ¡claro que sí!, una verdad política, una verdad jurídica y como madre y maestra, la Iglesia está en todo su derecho, el de la libertad religiosa, de pronunciarse sobre todo lo humano”.

Estoy en desacuerdo con estas afirmaciones por dos razones fundamentales. La primera, porque el columnista atribuye a la Iglesia católica un “rol tutelar” que no se condice con el espíritu de las democracias, que tiene en gran valía el cultivo de la autonomía de las personas, la capacidad de los individuos de examinar críticamente sus formas de pensar y de actuar. Los ciudadanos que forman parte de una sociedad democrática suscriben diferentes credos – no solamente el de la Iglesia romana -, y algunos han decidido libremente no tener una fe religiosa. No todos van a compartir las convicciones referidas a lo divino o a lo humano que formula ante sus seguidores dicha comunidad espiritual; vivimos en tiempos en los que la suscripción de una fe no constituye un “hecho” que pueda darse por sentado sin cuestionamientos racionales: vivimos en tiempos seculares, en los que la localización de la religión en la cultura moderna no es más un dato incontrovertible[6]. Los ciudadanos comprometidos con el Estado constitucional de derecho reconocen la fuerza ética de las leyes y del sistema de instituciones que organiza la sociedad, así como comparten los valores públicos que constituyen su condición de agentes sociales y políticos. La base de una comunidad política democrática no puede ser de naturaleza esencialmente religiosa.

La segunda razón tiene que ver con mis propias reservas filosóficas sobre el denso  aparato teórico de corte metafísico que Santiváñez asume sin discusión alguna. A su juicio, la verdad sencillamente ‘está allí’ – en todas sus manifestaciones – y necesita una institución religiosa que la defienda y administre. No tengo nada en contra de la idea de verdad, ni en el plano religioso – soy un creyente -, ni tampoco en el plano intelectual. Como filósofo, pienso que la verdad constituye uno de los fines superiores que persigue una vida humana digna de ser vivida. Lo que me preocupa de posiciones como las que comentamos es que no se debe abusar del concepto de verdad, presuponiendo su sentido y alcances, sin desarrollar este concepto con precisión. No se trata de cualquier noción que pueda ser abordada con despreocupación, frivolidad y sin rigor racional. La verdad es la meta de toda investigación seria y de toda forma de diálogo que pretenda realmente saber: ella no es un punto de partida. La verdad está por tanto asociada a un proceso de búsqueda basado en la exposición, la revisión y la escucha atenta de buenas razones. Sólo el integrismo – a veces denominado “fundamentalismo”, en tanto se le identifica con la adhesión a una perspectiva ideológica o religiosa concebida como fija e incorregible – asume la verdad como algo que se tiene de antemano, como algo cuya validez se presupone y que no requiere del más mínimo examen crítico. Por ello, los integristas consideran que quienes discrepan con ellos padecen alguna enfermedad del intelecto o del alma que deben ser curadas o corregidas (“herejías” diversas – ideológicas o religiosas -, o alguna versión del temido “relativismo”)[7]. Por ello las posiciones integristas son a menudo proclives a reprimir el ejercicio del pensamiento crítico o a invocar a la violencia como método para la resolución de conflictos de diversa índole. Las actitudes integristas lesionan la democracia y convierten las religiones en idearios cerrados y violentos. Una sociedad democrática aspira, en el terreno específico del Estado, a construir estructuras sociales e instituciones públicas justas; en el plano particular de la sociedad civil, pretende abrir o promover la apertura de espacios sociales, académicos y espirituales en cuyo interior los ciudadanos actúen juntos y dialoguen libremente en tornos al carácter y el ejercicio de bienes comunes de singular importancia, incluida la verdad.




[1] Doctor en Filosofía por la Universidad Pontificia de Comillas (Madrid, España). Actualmente es profesor en la Pontificia Universidad Católica del Perú y en la Universidad Antonio Ruiz de Montoya. Es autor de los libros Tiempo de Memoria. Reflexiones sobre Derechos Humanos y Justicia transicional (2009) y Racionalidad y conflicto ético. Ensayos sobre filosofía práctica (2007). Es autor de diversos ensayos sobre filosofía práctica y temas de justicia y ciudadanía publicados en volúmenes colectivos y revistas especializadas del Perú y de España.
[2] He desarrollado este tema de discusión en Gamio, Gonzalo ¨Libertad de creer. Justicia y libertad religiosa en la sociedad liberal¨ en: Miscelánea Comillas  Vol 73 N° 142 Junio 2015 pp. 35-49 y en:  “Democracia liberal y Estado laico” en: http://polemos.pe/2015/10/democracia-liberal-y-estado-laico-apuntes-filosoficos-sobre-el-problema-de-la-laicidad/.
[3] Consúltese su escrito en http://laabeja.pe/opini%C3%B3n/mirada-legal-karina-flores-yataco/612-%C2%BFestado-laico.html
[5] He indicado en los ensayos citados que el “lenguaje” de la discusión en términos de ética cívica y política es el de la razón pública. Las comunidades sociales, seculares y religiosas, desarrollan y constituyen este lenguaje a través de un proceso de “estipulación” (para usar la terminología de Rawls).
[6] Consúltese Taylor, Charles A Secular Age Cambridge, Massachussets and London, The Belknap Press of Harvard University Press 2007.

[7] Cfr. Gamio, Gonzalo “Apuntes sobre el integrismo” en Páginas  Vol. 39, Nº 233 pp. 40-5.










Publicado en Derecho y Sociedad. 

lunes, 11 de enero de 2016

DEMOCRACIA LIBERAL Y TEMAS RELIGIOSOS








Gonzalo Gamio Gehri

Leo en un portal electrónico paleoconservador que – de acuerdo a uno de sus participantes – detrás de las ideas de quienes reivindicamos para el Perú un Estado genuinamente laico se escondería una agenda “anticatólica”. La aseveración es gratuita y reporta un alto grado de irracionalidad. Desconoce – por supuesto – la herencia democrática y liberal del argumento a favor de un Estado laico.

Recuperemos una vez más el argumento, pues hacerlo no implica desperdicio alguno. En una sociedad democrática y liberal la política pública la diseñan y discuten los ciudadanos, actuando conforme a la ley y a los procedimientos democráticos bajo el prisma del sistema de derechos universales. Uno de estos derechos es aquel que consagra la libertad de creencias, a suscribir tal o cual credo, o ninguno en absoluto. Un Estado liberal trata igualitariamente a todos los ciudadanos. Por ello, el Estado no debe promover una determinada fe, o a establecer una relación de privilegio con ella. Un Estado democrático-liberal no reconoce una religión oficial. Muchas de las personas que suscriben este punto de vista son católicas. Yo lo soy. Ser católico no implica (para nada) suscribir la tesis conservadora de que el Estado debe ser confesional. No.

No hay pues, en esta clase de reflexiones, una agenda antirreligiosa en ningún sentido. Defender la perspectiva del pluralismo liberal y la neutralidad del Estado en temas religiosos no implica “privatizar” la religión. El liberalismo no desmerece el valor de las creencias religiosas en la vida de la gente. La política liberal  argumenta que el lugar de la religión no es lo político-estatal, sino lo social; las iglesias son parte de la sociedad civil. Ellas – de una forma semejante a otras instituciones sociales – se refieren a cuestiones de justicia y bienes colectivos. Sin embargo, no pretenden formular las políticas públicas “desde arriba”. Dichas políticas se forjan a través del ejercicio de la deliberación en la esfera pública. El lenguaje de esta deliberación es el de los derechos fundamentales . trasfondo hermenéutico de la razón pública -, un vocabulario público que resulta común a quienes comparten un Estado democrático de derecho.

Los extremismos ideológicos - de derecha y también de izquierda - tienden a explicar ciertos fenómenos recurriendo a extravagantes teorías conspirativas. ¡Craso error! Los prejuicios no sustituyen nunca el  valor de un razonamiento ordenado y claro. Sostener que cierto "odio anticatólico"  fundamenta la necesidad de un Estado aconfesional que trate de forma igualitaria a los ciudadanos es un disparate clamorosamente indefendible.

domingo, 20 de diciembre de 2015

OTRO ENSAYO SOBRE RELIGIÓN Y POLÍTICA





Gonzalo Gamio Gehri


En estos últimos días ha sido publicado el último volumen de los Cuadernos de Ética y Filosofía Política,  en el que aparece un texto mío denominado ¿Qué es un Estado laico?, que profundiza  en el tema de la secularidad política y la neutralidad estatal en cuestiones religiosas. Se trata de una defensa de la laicidad en sentido liberal, y una crítica de la ambigua tesis de una “laicidad positiva”. El artículo tiene una parte conceptual y otra centrada en el caso peruano, en el nivel de la crítica de algunas tradiciones locales. Hace un tiempo que estoy dedicado a examinar estoy temas, así que he estado publicando varias cosas sobre las concepciones y desafíos que se plantean a una sociedad pluralista en estos asuntos de religión y política.


lunes, 26 de octubre de 2015

DOS PUBLICACIONES SOBRE SOCIEDAD LIBERAL Y ESTADO LAICO






Gonzalo Gamio Gehri

En los últimos meses he publicado dos ensayos acerca del vínculo entre sociedad liberal y Estado laico, tema al que he dirigido mis investigaciones más recientes. El primero es un estudio publicado en España – en Miscelánea Comillas, la revista de Ciencias Humanas y Sociales de la U.P. de Comillas -, titulado Libertad de creer. Justicia y libertad religiosa en la sociedad liberal, cuyas bases expuse inicialmente en el último Congreso de ALCADECA celebrado en la PUCP.  Se trata de un ensayo sobre los efectos del pluralismo liberal en la comprensión de las libertades religiosas, en diálogo con el concepto de “estipulación” y con la idea de “pluralismo razonable” en el segundo Rawls, así como la perspectiva crítica de Walzer y Nussbaum.


El segundo es un breve ensayo publicado en el Portal Pólemos, titulado Democracia liberal y Estado laico. Se trata de una reflexión arraigada en el Perú, en medio de una polémica estrícta – de carácter político a la vez que académico – sobre las posibilidades de contar con un Estado aconfesional en el país. Este artículo es fruto de una contribución inicial, publicada en la página virtual del diario La República y de un escrito de este blog

jueves, 6 de agosto de 2015

DEMOCRACIA Y ESTADO LAICO. BREVES CONSIDERACIONES DESDE LA FILOSOFÍA PRÁCTICA






Gonzalo Gamio Gehri

Las festividades de fiestas patrias han vuelto a poner sobre el tapete la cuestión de si el Perú debería afirmarse cabalmente como un Estado laico. Es razonable pensar que otorgarle el estatuto de “oficial” a una celebración religiosa puntual como la Misa y Te Deum podría violar el principio del trato igualitario frente a los credos y visiones del mundo, una de las columnas básicas de la democracia liberal. Se trata de un asunto que es preciso examinar con cuidado.

Podemos aseverar que un Estado es laico en la medida en que cumple con estas tres condiciones: a) si no existe una religión oficial; b) si se protege la libertad religiosa; c) si existe independencia entre Estado e iglesias. Al interior de las sociedades contemporáneas habitan personas y pueblos que suscriben diferentes concepciones acerca del sentido de la vida, de lo divino o la trascendencia: religiones, cosmovisiones seculares, etc. Es preciso respetar esa diversidad. Un Estado democrático reconoce el derecho de los ciudadanos a creer en alguna religión o a no creer. No se pronuncia sobre la validez de las confesiones o visiones del mundo, deja esa tarea a las personas, a los foros de deliberación y debate presentes en las comunidades de investigación y las organizaciones religiosas. Un Estado democrático se ocupa estrictamente de las cuestiones de justicia, a saber, garantizar los derechos y libertades básicas de los ciudadanos.

Si el Estado promoviera un solo credo identificándolo como verdadero – si fuese un Estado confesional, a la manera de las monarquías del medioevo o al estilo de algunas comunidades asiáticas – estaría discriminando a quienes suscriben otras creencias o han elegido la increencia religiosa: trataría de modo desigual a sus ciudadanos. Resulta claro que esa forma de desigualdad no es compatible con la democracia. Hay quienes aducen que se debería brindar un trato preferencial a la religión mayoritaria, aquella que converge con las tradiciones locales. Quienes así argumentan olvidan que la democracia no se ocupa de proteger sólo los derechos de las mayorías, sino los derechos de todos y cada uno de los ciudadanos. El recurso a las encuestas de opinión no tiene lugar aquí, en la medida en que lo que está en juego son las libertades individuales básicas. El cuidado de estas libertades entraña la capacidad de someter a crítica las propias tradiciones, y alentar su transformación si existen buenas razones para hacerlo.

Si el compromiso fundamental de un Estado democrático consiste en la defensa del sistema de derechos y el cultivo del pluralismo, cabe preguntarse cuál sería el lugar de las religiones y las visiones del mundo en una democracia liberal. Hay que señalar que los demócratas no intentan “confinar a las religiones a la sacristía”, como sugieren tendenciosamente ciertos actores conservadores. Sostener que debe separarse claramente el ámbito religioso del político no significa desterrar las confesiones a la más radical intimidad o a la meditación solitaria. El lugar de la reflexión sobre el espíritu y el sentido de la existencia no es el Estado, pero sí un amplio conjunto de instituciones pertenecientes a la sociedad civil. Se trata de espacios abiertos al diálogo en torno a argumentos y experiencias que puedan nutrir nuestras prácticas e ideas que versan sobre lo que otorga o priva de significado a la vida (la búsqueda del saber, el trabajo, la fe, los vínculos cotidianos).  Las diversas iglesias y comunidades religiosas constituyen una parte de la sociedad civil; en una democracia sólida, ellas cooperan entre sí, actúan y discuten con otras instituciones sociales y con el propio Estado, con el fin de esclarecer y mejorar los modos de pensar y de vivir de las personas.

Un genuino Estado democrático reconoce el enorme valor de las distintas religiones y las visiones del mundo en la construcción de la identidad, en el discernimiento y las decisiones de las personas. Muchas reflexiones sobre la justicia, la solidaridad y la libertad provienen de esa fuente, aunque no se agotan en ella. Movimientos sociales  importantes involucrados en la abolición de la esclavitud o la defensa de los derechos de minorías poseen una herencia religiosa tanto como una herencia secular. La propia separación entre la Iglesia y el Estado – la “autonomía de lo temporal” – es un principio que tiene raíces bíblicas y que está presente en el ideario del Concilio Vaticano II. Las cuestiones de justicia básica – capacidades sustanciales, derechos humanos y libertades individuales – apelan a disposiciones y prerrogativas humanas que trascienden las fronteras culturales y religiosas. Pueden traducirse a un lenguaje más universal, el lenguaje público de los derechos. Sus exigencias pueden ser comprendidas más allá de los fueros exclusivos de las tradiciones locales. Ese conjunto de principios básicos constituye la estructura de una sociedad democrática. Se trata de una sociedad que convoca y reúne por igual a quienes creen y a quienes han decidido no creer.


(Aparecido en la columna virtual La periferia es el centro del diario La República)


martes, 28 de julio de 2015

DOS LIBROS






Gonzalo Gamio Gehri

He tenido el honor de presentar dos libros en la FIL en los últimos días, el libro de Vicente Santuc SJ, Antropología existencial, y el libro compartido de teólogos jesuitas, Creer o no creer. La fe en tiempos de transición. El primero lo presenté con Rafael Fernández Hart SJ y el segundo con Luis Bacigalupo.

El primero es el libro póstumo de Vicente, un texto que resume sus reflexiones en torno al ser humano y la racionalidad. Originalmente se trató de un ensayo que pretendía introducir a los escritos de filosofía política que componían su investigación de Doctorado. Vicente siempre se preguntaba por el horizonte de enunciación de los problemas, el desde dónde se plantean como tales. Vicente se detiene en la vuelta al ‘hecho de la vida’ y el ‘hecho del mundo’ y a la reflexión en torno a sus elementos constitutivos. El lenguaje y la corporeidad como los canales de conexión con las cosas y con la producción de sentido. Son las “abstracciones”, el intento por escindir regiones del pensamiento y de la acción – presentes en la tecnociencia y en la economía de mercado, pero no sólo en ellas – que nos alejan del torrente de la vida, de la experiencia originaria del mundo. Las abstracciones son importantes – y, con los correctivos adecuados son útiles – pero no deben hacernos perder de vista esta vivencia fundadora.

El segundo es un libro elaborado por los teólogos jesuitas en torno al tema de la secularización, un libro escrito en clave académica y a la vez pastoral. Un libro riguroso y pluralista sobre el fenómeno de la creencia y la increencia en el Perú, fruto de dos años de trabajo. Los autores son Rafael Fernández Hart, Juan Dejo, Jaime Regan, José Piedra, Edwin Vásquez, Eduardo Schmidt, Fernando Roca y el recordado Jeff Klaiber. Los enfoques son diversos en la medida en que los teólogos provienen de diferentes especialidades y disciplinas: la filosofía, la historia, la antropología, la bioética, la ética de las empresas, etc. Un rasgo interesante de los textos que componen este importante volumen es el compartir la idea según la cual la secularización no constituye un proceso necesariamente dañino (el "olvido de los dioses" o la “desespiritualización” que denuncian los conservadores "neoteístas" y otros ); es un fenómeno relevante en lo cultural y social,  asociado al desarrollo de la cultura moderna y del propio cristianismo, asociado a la encarnación y a la autonomía de lo temporal, en convergencia con el Concilio Vaticano II.

 Se trata de un libro que recoge reflexiones convergentes con una línea de pensamiento pluralista que han cultivado los jesuitas del mundo a lo largo de mucho tiempo, mucho antes de la llegada del Papa Francisco: el diálogo con el mundo contemporáneo. La modernidad es concebida como una morada espiritual en clave hegeliana – sus progresos y dificultades en materia de democracia, derechos, interculturalidad, entre otras materias de discusión – constituye una parte de nuestro mundo concreto,, con el que hay que debatir, no al que hay que condenar, como demandan los “teocon” y sus simpatizantes. Es una interlocutora de la fe inspirada por el Evangelio, que puede verse esclarecida como esclarecer argumentos e imágenes del mundo y la vida.

Me parece fundamental destacar este tipo de reflexiones teológicas y filosóficas en un país como el Perú, un país que ha sido por mucho tiempo una suerte de reducto conservador en lo político, pero también en lo religioso. Las cosas están cambiando. Contribuciones como éstas ayudarán a que los ciudadanos podamos construir una visión más clara de los problemas que enfrenta hoy el diálogo entre la religión y las sociedades democráticas.

miércoles, 3 de junio de 2015

¿EL PERÚ ES UN ESTADO LAICO? ALGUNAS REFLEXIONES











Gonzalo Gamio Gehri


La intervención de consideraciones religiosas en las discusiones públicas sobre temas difíciles nos lleva a menudo a preguntarnos seriamente acerca de a) si el Estado peruano es laico, y – si la respuesta es afirmativa, y creo que lo es – b) cuán dispuestos estamos los peruanos a aceptar la laicidad de nuestro Estado. Considero que el punto de partida para abordar este problema es discutir el horizonte normativo, para luego reflexionar en torno al terreno de la experiencia social. Es cierto que la existencia de un Concordato vigente con el Vaticano – un acuerdo suscrito al final del gobierno de Morales Bermúdez que le otorga privilegios a la Iglesia Católica sobre otras comunidades religiosas - no es realmente compatible con la idea misma de un Estado laico. Tampoco ayudan algunas costumbres instaladas desde hace mucho tiempo – como el Te Deum de fiestas patrias – que constituyen rituales de una religiosidad puntual que influyen en la vida pública. Estos problemas enturbian parcialmente el horizonte de la cuestión. Mi intuición apunta a que el Perú cuenta con un Estado laico, pero que una parte importante de la sociedad peruana no ha afrontado todavía un genuino proceso de secularización; ello no sólo debilita la laicidad, sino que pone en peligro la democracia como tal. He señalado en diversos lugares que emprender este proceso no anularía la religión, antes bien, precisaría su lugar en una sociedad democrática pluralista, respetuosa de los derechos y libertades de quienes deciden creer, y de quienes han elegido no creer: ambos son grupos de ciudadanos que denben ser tratados de manera igualitaria por el Estado. 

Esta vez voy a examinar el plano normativo y en otro post  me detendré en el plano de la experiencia. Con cierta frecuencia se esgrime el extraño argumento de que el Perú no es un Estado laico simplemente porque la Constitución peruana no lo dice literalmente. Es curioso que algunos abogados invoquen ese argumento de manera algo precipitada. Resulta una tesis que no es congruente con el ejercicio mismo del derecho, que no es sólo un quehacer dogmático, sino también (fundamentalmente) interpretativo. Esto, evidentemente, podría generar una discusión relevante sobre la 'esencia' del derecho como ciencia y como práctica. Habría que destacar la enorme significación del análisis de la jurisprudencia o de la hermenéutica jurídica en la comprensión y en el ejercicio del derecho.. No basta la letra de la ley, nunca es así, Esclarecer el espíritu de las normas es importante y crucial en las cuestiones de justicia fundamental. Es preciso recordar que en el terreno de las religiones, se llama “fundamentalistas” a aquellos que se niegan a interpretar los textos y esperan ansiosos seguir lo que se dice al pie de la letra, e ignorar lo que no se dice. Negarse a interpretar los documentos impide alcanzar a ver lo que el texto quiere decir realmente.

No es necesario que aparezca la expresión “Estado laico” para afirmar que un Estado lo es. Hay que explorar a fondo el modo el horizonte normativo que plantea como se organiza la sociedad, se constituye la ley y se administra el poder; eso lo establece la Constitución. Podemos arguir que un Estado es laico  si se cumplen  tres condiciones: i) si no existe una "religión oficial"; ii) si se observan la libertad religiosa, y la  libertad de cultos; ii) si Estado e Iglesia son instituciones independientes. Las tres condiciones se cumplen en el Estado peruano – tal y como puede constatarse examinando la Constitución – así que es laico. El Tribunal Constitucional ha evocado también estas condiciones, se trata de una forma de razonamiento que se usa en la interpretación constitucional. 

O un Estado es laico o es confesional. No hay una tercera alternativa. A pesar de la reiterada intervención del plano religioso en la arena política (es decir, en el plano de la experiencia social), es necesario señalar que la autonomía del Estado – formulada expresamente en la Constitución – está presente como un elemento básico de nuestro sistema político. 

El pasaje polémico de la Constitución Política peruana (1993) es este:

 “Dentro de un régimen de independencia y autonomía, el Estado reconoce a la Iglesia Católica como elemento importante en la formación histórica, cultural y moral del Perú, y le presta su colaboración. El Estado respeta otras confesiones y puede establecer formas de colaboración con ellas” (Constitución Peruana, art. 50).

Recalca el artículo citado la autonomía e independencia del Estado respecto de la Iglesia Católica (1). El punto es que no dice “laico”, pero se entiende el argumento que formula el texto de la Constitución.  Es necesario precisar que constituye una exigencia excesiva pedir que todo esté dicho literalmente. Eso no se puede hacer en un texto acotado como una Constitución. Decir que no es laico porque no lo dice literalmente el documento no es un argumento acertado ni mucho menos. Importa mucho el espíritu de las leyes, no sólo la letra. Al revisar otras constituciones de tradición latina puede constatarse que no se usa la palabra “laico”, pero la laicidad se expresa de otras formas. Aquí van algunos ejemplos que pueden resultar esclarecedores:

“Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones” (Constitución Española, art. 16.3).

“El principio histórico de la separación del Estado y las iglesias orienta las normas contenidas en el presente artículo. Las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a la ley” (Constitución Mexicana, art. 130).

Se garantiza la libertad de cultos. Toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva” (Constitución Colombiana, art. 19).

 Todas estas Constituciones aluden a las tres condiciones del Estado laico – mencionadas al inicio - sin usar la palabra "laico" en la formulación literal de los artículos. En estos casos, el diseño de las políticas, el debate público y el trabajo constitucional va en la senda del Estado laico. Decir que España o México no son Estados laicos o aconfesionales implicaría cometer una equivocación grave en el análisis. En estos casos la lacidad marca una ruta importante para el diseño de la política estatal. Lo mismo sucede en el Perú, a pesar de las dificultades que la sociedad experimenta en cuanto al proceso de secularización del debate político. 



(1) Se trata de un pasaje polémico no porque no señale la separación entre Estado e iglesias, sino porque en el plano de la cooperación coloca a la Iglesia católica en una situación especial frente a otras iglesias. Lo correcto en una perspectiva democrática sería colocarlas a todas en un mismo nivel, para proteger la igualdad.

sábado, 11 de abril de 2015

DE VIDAS Y MARCHAS





Gonzalo Gamio Gehri

En una sociedad libre, no debatir temas complejos es realmente perjudicial. Bloquear estos debates mina severamente la capacidad de esa sociedad de autoexaminarse y configurar caminos de justicia y desarrollo humano. Pretender que sobre estos temas existe sólo un punto de vista o que otros puntos de vista no deben ser tomados en cuenta porque no representan la visión de la mayoría no contribuye a fortalecer la condición de “pluralismo razonable” - en la terminología de Liberalismo político de Rawls - que requieren nuestras democracias.

La llamada “marcha por la vida” ha convocado a una gran cantidad de personas. Si el número de participantes ha sido exagerado por sus organizadores o si algunos participantes fueron obligados a asistir,  es algo que no vamos a discutir aquí. El asunto realmente importante es otro. Da la impresión que un sector de nuestras llamadas “élites” (y tal vez un sector de la población) considera que el hecho de exhibir a miles de personas respaldando un punto de vista puede relevarnos de la tarea de discutirlo. Más allá de la libertad de expresar una opinión sobre el tema, puede entrañar una suerte de “prepotencia ideológica”,  que impide debatir a fondo ciertos temas realmente conflictivos.

El nombre “marcha por la vida” puede resultar equívoco, o inducir a confusión. Nadie en su sano juicio está en principio en contra de la vida. Se trataba de una marcha en contra de la implementación de un protocolo para el aborto terapéutico – pues ya existe una ley sobre la materia – y contra la propuesta legislativa en torno a la unión civil (no está en discusión ahora el aborto sin restricciones ni la unión matrimonial igualitaria, aludir a esas propuestas constituye una estrategia retórica conservadora que conduce a incurrir en la 'falacia del plano inclinado').  Es legítimo mostrar la popularidad del propio ideario, pero es mucho mejor – si se inspira uno en un espíritu democrático – dialogar en torno a lo que realmente está en juego. Examinar los casos que han sido llevados al Tribunal Constitucional y a organizaciones internacionales, por ejemplo.

Examinar en el espacio público estos temas con honestidad y atención a las razones del otro constituye una exigencia moral para las asociaciones y las personas que coexisten en una democracia liberal. Las políticas no las deciden los grupos religiosos, sino la instancia pública y los ciudadanos actuando como actores políticos, deliberando desde y en el lenguaje de los derechos y las libertades civiles en espacios públicos plurales. La estipulación es una posibilidad, pero el léxico articulado ha de ser el de la razón pública  compartida y no el de doctrinas comprensivas que pueden actuar de una forma excluyente. Vivimos en un Estado laico cuyo primer propósito es garantizar derechos y libertades de las personas. Un Estado que no debe pronunciarse sobre el estilo de vida de los individuos – ese es un asunto que corresponde a los propios individuos, así como a las comunidades en las que ellos aceptan libremente participar – sino sólo asegurarse de que nadie vea recortados sus derechos y libertades. Incluidos la vida, la elección del proyecto personal, a no ser discriminado, las sucesiones, etc. Se trata de examinar los casos, las situaciones límite, etc. Ese estado no confesional debe garantizar, además,  la existencia de foros en los que se discutan los alcances de estas normas y principios. Los espacios cívicos y académicos, evidentemente, deben someter a discusión los rasgos y límites de aquello que corresponde a la “naturaleza”, la “vida” y la “libertad”, para saber si estamos hablando de lo mismo cuando recurrimos a estas palabras.

Se trata de discutir estos temas en el marco de una legalidad democrática (y de cierto ethos falibilista). Lo peor que puede hacerse es no discutir estos asuntos. El recurso al trabajo de lobbies y la organización de marchas pueden convertirse en meras exhibiciones de fuerza. Pueden encubrir a veces el temor a examinar cabalmente problemas delicados en una sociedad diversa como la peruana. Recordemos que el Estado se debe a todos los peruanos, no sólo a quienes suscriben una determinada convicción religiosa o un determinado conjunto de creencias. Reconoce a sus ciudadanos como iguales ante la ley. Eso significa estríctamente vivir en una democracia auténtica. No lo olvidemos.