miércoles, 3 de junio de 2015

¿EL PERÚ ES UN ESTADO LAICO? ALGUNAS REFLEXIONES











Gonzalo Gamio Gehri


La intervención de consideraciones religiosas en las discusiones públicas sobre temas difíciles nos lleva a menudo a preguntarnos seriamente acerca de a) si el Estado peruano es laico, y – si la respuesta es afirmativa, y creo que lo es – b) cuán dispuestos estamos los peruanos a aceptar la laicidad de nuestro Estado. Considero que el punto de partida para abordar este problema es discutir el horizonte normativo, para luego reflexionar en torno al terreno de la experiencia social. Es cierto que la existencia de un Concordato vigente con el Vaticano – un acuerdo suscrito al final del gobierno de Morales Bermúdez que le otorga privilegios a la Iglesia Católica sobre otras comunidades religiosas - no es realmente compatible con la idea misma de un Estado laico. Tampoco ayudan algunas costumbres instaladas desde hace mucho tiempo – como el Te Deum de fiestas patrias – que constituyen rituales de una religiosidad puntual que influyen en la vida pública. Estos problemas enturbian parcialmente el horizonte de la cuestión. Mi intuición apunta a que el Perú cuenta con un Estado laico, pero que una parte importante de la sociedad peruana no ha afrontado todavía un genuino proceso de secularización; ello no sólo debilita la laicidad, sino que pone en peligro la democracia como tal. He señalado en diversos lugares que emprender este proceso no anularía la religión, antes bien, precisaría su lugar en una sociedad democrática pluralista, respetuosa de los derechos y libertades de quienes deciden creer, y de quienes han elegido no creer: ambos son grupos de ciudadanos que denben ser tratados de manera igualitaria por el Estado. 

Esta vez voy a examinar el plano normativo y en otro post  me detendré en el plano de la experiencia. Con cierta frecuencia se esgrime el extraño argumento de que el Perú no es un Estado laico simplemente porque la Constitución peruana no lo dice literalmente. Es curioso que algunos abogados invoquen ese argumento de manera algo precipitada. Resulta una tesis que no es congruente con el ejercicio mismo del derecho, que no es sólo un quehacer dogmático, sino también (fundamentalmente) interpretativo. Esto, evidentemente, podría generar una discusión relevante sobre la 'esencia' del derecho como ciencia y como práctica. Habría que destacar la enorme significación del análisis de la jurisprudencia o de la hermenéutica jurídica en la comprensión y en el ejercicio del derecho.. No basta la letra de la ley, nunca es así, Esclarecer el espíritu de las normas es importante y crucial en las cuestiones de justicia fundamental. Es preciso recordar que en el terreno de las religiones, se llama “fundamentalistas” a aquellos que se niegan a interpretar los textos y esperan ansiosos seguir lo que se dice al pie de la letra, e ignorar lo que no se dice. Negarse a interpretar los documentos impide alcanzar a ver lo que el texto quiere decir realmente.

No es necesario que aparezca la expresión “Estado laico” para afirmar que un Estado lo es. Hay que explorar a fondo el modo el horizonte normativo que plantea como se organiza la sociedad, se constituye la ley y se administra el poder; eso lo establece la Constitución. Podemos arguir que un Estado es laico  si se cumplen  tres condiciones: i) si no existe una "religión oficial"; ii) si se observan la libertad religiosa, y la  libertad de cultos; ii) si Estado e Iglesia son instituciones independientes. Las tres condiciones se cumplen en el Estado peruano – tal y como puede constatarse examinando la Constitución – así que es laico. El Tribunal Constitucional ha evocado también estas condiciones, se trata de una forma de razonamiento que se usa en la interpretación constitucional. 

O un Estado es laico o es confesional. No hay una tercera alternativa. A pesar de la reiterada intervención del plano religioso en la arena política (es decir, en el plano de la experiencia social), es necesario señalar que la autonomía del Estado – formulada expresamente en la Constitución – está presente como un elemento básico de nuestro sistema político. 

El pasaje polémico de la Constitución Política peruana (1993) es este:

 “Dentro de un régimen de independencia y autonomía, el Estado reconoce a la Iglesia Católica como elemento importante en la formación histórica, cultural y moral del Perú, y le presta su colaboración. El Estado respeta otras confesiones y puede establecer formas de colaboración con ellas” (Constitución Peruana, art. 50).

Recalca el artículo citado la autonomía e independencia del Estado respecto de la Iglesia Católica (1). El punto es que no dice “laico”, pero se entiende el argumento que formula el texto de la Constitución.  Es necesario precisar que constituye una exigencia excesiva pedir que todo esté dicho literalmente. Eso no se puede hacer en un texto acotado como una Constitución. Decir que no es laico porque no lo dice literalmente el documento no es un argumento acertado ni mucho menos. Importa mucho el espíritu de las leyes, no sólo la letra. Al revisar otras constituciones de tradición latina puede constatarse que no se usa la palabra “laico”, pero la laicidad se expresa de otras formas. Aquí van algunos ejemplos que pueden resultar esclarecedores:

“Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones” (Constitución Española, art. 16.3).

“El principio histórico de la separación del Estado y las iglesias orienta las normas contenidas en el presente artículo. Las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a la ley” (Constitución Mexicana, art. 130).

Se garantiza la libertad de cultos. Toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva” (Constitución Colombiana, art. 19).

 Todas estas Constituciones aluden a las tres condiciones del Estado laico – mencionadas al inicio - sin usar la palabra "laico" en la formulación literal de los artículos. En estos casos, el diseño de las políticas, el debate público y el trabajo constitucional va en la senda del Estado laico. Decir que España o México no son Estados laicos o aconfesionales implicaría cometer una equivocación grave en el análisis. En estos casos la lacidad marca una ruta importante para el diseño de la política estatal. Lo mismo sucede en el Perú, a pesar de las dificultades que la sociedad experimenta en cuanto al proceso de secularización del debate político. 



(1) Se trata de un pasaje polémico no porque no señale la separación entre Estado e iglesias, sino porque en el plano de la cooperación coloca a la Iglesia católica en una situación especial frente a otras iglesias. Lo correcto en una perspectiva democrática sería colocarlas a todas en un mismo nivel, para proteger la igualdad.

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Una pregunta. ¿Cuál es la relevancia de este debate para el Perú de hoy? ¿Puede ayudar a mejorar las condiciones de vida del ciudadano de a pie? Parece que en medio de una época donde hay temas realmente importantes (la necesidad de transparencia en las instituciones públicas, el narcotráfico, la delincuencia, invertir en una educación superior orientada en el desarrollo tecnológico y la innovación, la reforma educativa primaria, reactivar la economía, etc)… Parece que nuestros filósofos locales en vez de pensar en lo importante se dedican, como en Bizancio, a discutir sobre el sexo de los ángeles mientras su ciudad está a punto de ser arrasada. Me impresiona la cantidad de tiempo y sesos invertidos en trivialidades.

Gonzalo Gamio dijo...


los problemas que usted señala son muy relevantes, sin duda, pero éste también lo es. Parece que muchos de nuestros ciudadanos locales no se dan cuenta que muchas reivindicaciones de derechos se ven bloqueadas por grupos de presión religiosa, con la anuencia de políticos y compatriotasy que eso lesiona la democracia. La laicidad es importante para el autogobierno, para superar una parte de la cultura autoritaria que impide crecer pol{iticamente No verlo - o pensar que son trivialidades - es parte de la gravedad del asunto.

Saludos,
Gonzalo.

Aaron dijo...

Esta es una interesante entrada sobre este tema necesario de debatir. El Perú ciertamente se define como un estado laico en su constitución, aunque, como indica, en la práctica pueda parecer que no.

Espero su próxima entrada.

Saludos.