lunes, 10 de diciembre de 2007

CHARLES TAYLOR: AGENCIA Y DELIBERACIÓN PRÁCTICA. ALGUNOS APUNTES


Gonzalo Gamio Gehri


Como se sabe, Charles Taylor - profesor emérito de McGill University - es uno de los más importantes interlocutores de la discusión ética contemporánea. Sus planteamientos han sido erróneamente asociados al llamado "comunitarismo"; es en realidad un hegeliano cuya postura en filosofía práctica ha recibido una gran influencia de Aristóteles y de la tradición fenomenológica y hermenéutica. La premisa filosófica de esta posición es aquello que Taylor llama el punto de vista del agente encarnado, la perspectiva del sujeto como ser capaz de experiencia, y como intérprete de todo aquello involucrado en sus modos de actuar en el mundo. En el ámbito específico de la praxis, esta perspectiva se traduce en la descripción fenomenológica de las formas de deliberación, elección y acción que el agente desarrolla en la configuración de sus planes de vida. En este contexto constituye una contribución importante para este tipo de reflexiones la distinción tayloriana entre evaluaciones débiles y evaluaciones fuertes, entre evaluaciones en donde la intensidad de los deseos de facto determina el sentido de la elección y aquellas formas de discernimiento práctico en donde el agente se ve confrontado por modos de ser, valores y fines que considera esenciales para calificar su vida como “buena”, “significativa”, etc. Tales bienes constituyen una referencia ineludible respecto a la propia percepción del individuo como un agente moral. Hemos visto cómo estas reflexiones sobre la orientación de los deseos no son ajenas a las crisis de interpretación y a los conflictos de valores.

Tales formas de deliberación práctica suponen nuestra inscripción en un horizonte de cuestiones importantes, marcos de referencia en donde tienen lugar nuestras distinciones cualitativas. Dicho horizonte cumple una función análoga a la del campo perceptivo respecto de la orientación espacial. Nuestros compromisos con ciertos valores tienen sentido en conexión con “una ontología de lo humano”, un conjunto de interpretaciones / argumentos acerca del hombre y su lugar en un mundo significativo, argumentos susceptibles de reformulación e interpelación crítica. En esta línea de pensamiento la defensa de la dignidad del individuo – moderna y originalmente cristiana – debe entenderse en el contexto del cambio de localización de las fuentes del bien, resultado de la crítica de las cosmologías morales deudoras de una teoría del logos óntico.

Estas argumentaciones ontológicas ciertamente sitúan el debate moral en la perspectiva de la primera persona del singular y el plural, las formas ordinarias de reflexión práctica practicadas en el mundo de la vida. Implican una toma de decisión acerca de la “naturaleza” de la razón práctica, en contra – por ejemplo – de las éticas naturalista y procedimental, que defienden el punto de vista de la tercera persona, culturalmente desvinculado. Taylor esgrime contra ellos el Principio BA, según el cual es preciso incorporar como explicación más completa de los compromisos prácticos del agente, aquellas articulaciones de valor y razonamiento que pueden hacer inteligibles ante otros las opciones, fines y narrativas vitales del agente, sin simplificaciones o mutilaciones de tales compromisos y discursos. Se trata de que la explicación práctica haga justicia a la complejidad conceptual de las “capas fenomenológicas” que constituyen nuestra “realidad moral”.

domingo, 9 de diciembre de 2007

LA DEMOCRACIA Y LOS GOLPISTAS






Gonzalo Gamio Gehri




Hace unos pocos días, el Poder Judicial del Perú ha dictado sentencia contra los ministros fujimoristas que apoyaron el Golpe del 5 de abril de 1992. Él general Juan Briones fue condenado a diez años de prisión; los demás ministros han sido encontrados culpables - ellos respaldaron el Golpe al día siguiente de perpetrado -, pero no padecerán carcelería. Muchos han señalado acertadamente que se les ha tratado con cierta benevolencia. No obstante, lo que resulta novedoso es precisamente el hecho de que un Tribunal de Justicia considere la interrupción forzada del orden constitucional y del Estado de Derecho como lo que es, un delito.¿Constituye este acontecimiento un punto de inflexión en lo relativo a la actitud que tradicionalmente asume parte importante de nuestra sociedad frente a los Golpes de Estado? Ello dependerá de si esta clase de posiciones pueda generar una serie de juicios y reflexiones sobre el autoritarismo en escuelas y universidades, y en la propia esfera pública. Es que nos hemos acostumbrado a invocar liderazgos y tocar las puertas de los cuarteles en situaciones de inestabilidad, a gritar que "necesitamos un Pinochet" y a mirar a otro lado cuando el caudillo de turno vulnera las libertades u ordena asesinatos selectivos perpetrados por comandos clandestinos. Incluso muchos de nuestros más sesudos analistas políticos tienden a tratar con condescendencia sucesos como los del 5 de abril del 92, en tanto la mayoría de los peruanos avalaron tal acción. A sus ojos, dicha aprobación le confiere "legitimidad" ¿Ha existido dictador que no viviese un tiempo de "luna de miel" con la población?. Nuevamente, la lógica del "espectador científico" bloquea la perspectiva del agente político. Sospecho que los efectos residuales de la distinción marxista entre "democracia real" y "democracia formal" - usada ad nauseam por Fujimori y otros malhechores de su especie - influyen en tal actitud, así como el altamente cuestionable dogma vallejiano, "Todo acto o voz genial viene del pueblo y va hacia él". Los pueblos también pueden deslizrse hacia posiciones viscerales, o suscribir la violencia, o invocar el recurso a la "mano dura" ... contra sí mismo.

La lección que podríamos extraer de esta historia es que la democracia no consiste solamente en que se cumpla la voluntad de la mayoría, sino - también - consiste en la observancia de procedimientos legales y políticos conducentes a fortalecer las instituciones y reglas que protegen los derechos básicos de los individuos, y hacen posible el ejercicio de las libertades y la limitación del poder de los gobiernos. Con frecuencia hemos sacrificado el sistema político y la racionalidad pública en los altares del caudillo carismático y populista (con frecuencia sanguinario y corrupto, aunque ello suele ser descubierto tiempo después de la "luna de miel"). Con mucha facilidad nos despojamos de la condición de ciudadanos. No olvidemos la sentencia hegeliana: no hay señor sin siervo.

La condena judicial del Golpe es una buena noticia, qué duda cabe. No obstante, esta situación no debe hacernos perder de vista el enjambre de mensajes que van en otra dirección, la que conduce al tutelaje y la represión. El general Donayre se propone condecorar al diario La Razón - vocero de la corrupción fujimontesinista y defensor de la impunidad de ayer y de hoy -, según propia expresión, "por la ayuda en la consecución de los objetivos castrenses" (ver el agudo post de Godoy en El tercer Piso); un alcalde de Mirafores aparentemente negado para el razonamiento lógico más elemental - y para el pensamiento democrático básico - increíblemente firma un convenio para que efectivos militares se encarguen del dictado del curso de educación cívica (¿Alguien podría indicarle que "cívico" viene de "civil"? - ver el interesante post de José Talavera sobre este tema en Blogiarquía -). En fin, el incorregible Vicepresidente Giampietri protesta por la condena de Briones (bueno, sus simpatías fujimoristas son de dominio público). O los guiños de Alan García al recluido Wolfenson. Nuestra escena política no tiende naturalmente hacia la condena del uso de la fuerza en contra de legalidad y el ethos democrático. Depende de nosotros - de nuestra disposición a ser ciudadanos y no súbditos - de que en el futuro las aventuras golpistas sean rechazadas por el pueblo y sean erradicadas de nuestra historia.




(La caricatura es de Carlín).

NOTA SOBRE "PRAXIS Y ACCIÓN" DE RICHARD J. BERNSTEIN


Gonzalo Gamio Gehri





Bernstein, Richard J. Praxis y Acción: enfoques contemporáneos sobre la actividad humana Madrid, Alianza editorial 1979.




Este libro ya es un clásico de la teoría de la acción, de lectura ineludible para quienes desean aproximarse a este tema de singular actualidad. Richard J. Bernstein es desde hace muchos años, Profesor de la New School for Social Research. El libro que comentamos busca indagar acerca del lugar central del concepto de práctica en autores tan importantes como Marx, Kierkegaard, Dewey, Pierce y Wittgenstein. Para el autor, el giro postmetafísico de la filosofía de los siglos XIX y XX constituye un giro hacia la praxis, de modo que la actitud teorética es concebida como una hexis. El libro es también una rehabilitación del pensamiento de Hegel, en tanto cada una de las corrientes contemporáneas remiten – para hacer inteligible su propio concepto de práctica, a determinadas imágenes hegelianas, en mayor medida a figuras de la conciencia de la Fenomenología del espíritu.

Bernstein empieza mostrando en qué medida el énfasis en la praxis proviene de cierta aproximación al Geist hegeliano, en tanto éste se refiere a la configuración de una comunidad sostenida por el actuar de todos y cada uno, “un yo que es un nosotros y un nosotros que es un yo”. No es tanto una categoría metafísica como un entramado de relaciones humanas culturalmente constituidas e institucionalmente mediadas, cuyo escenario es la historia. Decir que la filosofía es “su tiempo aprehendido en conceptos” equivale a afirmar que la comprensión de lo real es inseparable de las prácticas sociales que hilvanan dicha comprensión.

Marx es un hito importante en esta historia. Marx hace suyo el concepto hegeliano de Bildung en su concepción de la producción y el trabajo como los factores reales que determinan el curso de la historia. Asimismo, desarrolló una lectura de la famosa dialéctica del señor y del siervo como matriz de la lucha de clases. Buena parte del trabajo filosófico de Bernstein consiste en desmantelar la distinción – presente en marxistas como Althusser – entre el Marx “filósofo” y el Marx “Científico”. Después de todo, no es posible postular una dialéctica de la historia sin suscribir el aparato categorial desplegado por Hegel en la Ciencia de la Lógica.

El Kierkegaard de Bernstein también está “hegelianizado”. La figura de la conciencia infeliz es un poco el eje de sus reflexiones sobre el existencialismo. La conciencia intuye lo infinito – la “esencia absoluta” que da sentido a su vida – pero al mismo tiempo la concibe como inalcanzable en la vida, accesible a través de la muerte. Sabido es que Hegel rechazó esta tesis desde su juventud (tesis que asociaba con Kant y en alguna medida con Descartes); pensaba que un Reino de Dios fuera de la vida constituía un grave malentendido respecto del cristianismo. Las figuras relativas a la Religión revelada y al Saber Absoluto son ante todo un intento por dar forma a la unidad (negativa) entre finito e infinito. No obstante, para los existencialistas – Kierkegaard, pero también Sartre – esa unidad es tan sólo especulativa. En el plano vital, ninguna forma de vida mundana toca realmente la infinitud. Incluso la experiencia religiosa pasa “necesariamente” por la experiencia de la angustia.

La reflexión que hace Bernstein sobre el pragmatismo (centrado sobre todo en el análisis de la obra de Dewey), tiene un cariz fundamentalmente político. John Dewey – siguiendo una interpretación “naturalista” de Hegel – considera que la racionalidad en cuanto tal no puede ser aislada de las prácticas sociales que el hombre desarrolla para adaptarse o modificar su habitat. Más que buscar conocer “el objeto” allá afuera, lo que busca es construir un mundo que pueda habitar en un clima de libertad y bienestar. Es por eso que el objetivo fundamental de Dewey – presente incluso en sus obras epistemológicas – es la configuación de una sociedad democrática, organizada a partir de la interacción dialógica de los agentes sociales.

El capítulo referido a la filosofía analítica tiene en Ludwig Wittgenstein su interlocutor fundamental. Es el giro lingüístico explícito en Investigaciones filosóficas, en donde se señala que el significado de las palabras depende de su uso en un juego lingüístico, que es expresión de una forma de vida concreta. El capítulo culmina con una reflexión sobre el diálogo entre la filosofía heredera de Wittgenstein y la vuelta a Aristóteles y Hegel (MacIntyre y Taylor) y al joven Marx (Habermas) en la filosofía de la praxis contemporánea, especialmente relevante en la crítica del positivismo.

viernes, 7 de diciembre de 2007

NOTA SOBRE "IDENTIDAD Y VIOLENCIA" DE AMARTYA K. SEN


Gonzalo Gamio Gehri


Sen, Amartya K, Identidad y violencia. La ilusión del destino Buenos Aires, Katz 2007.

Amartya Sen es un importante pensador de la sociedad y el Desarrollo Humano – ha sido premio Nobel de economía del año 1998 – nacido en India, y radicado por mucho tiempo en el Reino Unido y en Norteamérica. El libro que comento constituye una reflexión muy aguda sobre las formas en las que, en las últimas décadas, el ejercicio de la violencia y la intolerancia han encontrado en la defensa de las identidades culturales y religiosas un recurso ideológico presuntamente legitimador. A juicio del autor, la asignación de una “identidad singular” potencia la división de las personas entre “nosotros” y “ellos” (y entre “amigos” y “enemigos”) por razones de filiación comunitaria o confesional. Perspectivas como la esbozada por S. Huntington en El choque de civilizaciones propician desde la cultura académica estas versiones simplificadas y conflictivas de las relaciones interculturales.

Sen opone a estas concepciones la imagen – mucho más realista – de la identidad humana como una compleja realidad simbólica poseedora de múltiples aspectos y facetas: origen comunitario, lengua, género, posición política, preferencias literarias y estéticas, etc., de modo que se pone de manifiesto la multiplicidad de lealtades con instituciones y proyectos de diverso tipo. La exigencia – planteada – por ciertas tradiciones – de que nos consideremos en primer lugar creyentes o nativos de una determinada comunidad constituye una imposición inaceptable que limita nuestras libertades individuales y reduce nuestro mundo significativo. El autor sostiene que la única persona con autoridad para decidir en torno a la jerarquía de nuestras facetas identitarias es el propio individuo, que apela a su capacidad de razón práctica (o agencia humana) y elige sus prioridades y visiones de la vida. Una auténtica democracia liberal tendría que ofrecer a sus ciudadanos espacios para la libertad cultural y el ejercicio de la crítica de sus credos y tradiciones de origen. Los individuos tendrían derecho a ingresar o a abandonar sus comunidades si encuentran buenas razones para ello. El valor de la diversidad,y la disposición al diálogo intercultural y al mestizaje constituyen signos de la buena salud de una sociedad democrática; la educación escolar y universitaria tendría que apuntar a la adquisición de tales excelencias y hábitos. De lo contrario, la pertenencia cultural podría convertirse en una forma de cautiverio.

jueves, 6 de diciembre de 2007

JUSTICIA DISTRIBUTIVA Y FINES DE LA VIDA (ENTRE ARISTÓTELES Y EL LIBERALISMO)






Gonzalo Gamio Gehri




Detengámonos un momento en la separación liberal entre lo justo y lo bueno. En el plano político, el énfasis en la justicia procesal, en la constitución de una regla de derecho que pueda ser reconocida por todos y cada uno de los individuos que comparten un territorio con independencia de sus concepciones particulares de la buena vida descansa en buena medida, en la búsqueda del bien social de la estabilidad, en el buen ensamblaje de las instituciones básicas de la sociedad; esta formulación del problema permanece prácticamente intacta aún en el Liberalismo político de Rawls[1]. Es cierto que el móvil que impulsa a los individuos a suscribir un corpus legal “común” es la búsqueda de protección individual y el acceso al bienestar personal; los bienes que en principio llevan a las partes a suscribir el pacto social son estrictamente individuales[2]. Mecanismos teóricos como el velo de la ignorancia encuentran su sentido en la búsqueda de un punto de vista imparcial que permita a las partes la elección de los principios jurídicos que sienten las bases institucionales del cumplimiento de tales bienes[3]. La “justicia” alude a los criterios rectores de una estructura imparcial que hace posible el acceso a los bienes individuales. Tanto la justicia como el respeto a la dignidad funcionan aquí como bienes rectores.

A pesar de las pretensiones epistémico – universalistas del contractualismo clásico – cuyos remanentes pueden ser detectados incluso en el primer Rawls - esta no es la única manera posible de plantear el problema de la justicia distributiva; tampoco es evidente que este modelo de justicia sea el “más razonable” entre todos los que han sido formulados hasta hoy. Por ejemplo, entre los griegos la justicia es menos un procedimiento que una virtud, una disposición de vida forjada a través del hábito y la formación en la polis. En el libro V de la Ética Nicomáquea[4], Aristóteles se refiere a la justicia como a la virtud ética más importante de todas, dado que busca observar la correcta proporción en lo que respecta al trato al interior de las relaciones humanas. La justicia es comprendida como una virtud subordinada al telos de la vida comunitaria, el bien común: "“llamamos justo "“señala Aristóteles “a lo que es de índole para producir y preservar la eudaimonía y sus elementos para la comunidad política”[5].

La justicia distributiva, específicamente, se ocupa de observar la proporción correcta en lo que respecta al reparto de los bienes “que son sujetos de buena o mala fortuna”[6]; con esta expresión se refiere a los llamados bienes exteriores, el dinero, la seguridad, los honores, etc. Resulta interesante destacar que, si en las teorías liberales se entiende que es necesario (para observar la justicia) desarrollar algún artificio que oculte nuestras consideraciones sustantivas – al estilo del velo de la ignorancia – que asegure nuestra ceguera frente a las diferencias, el agente distributivo clásico tiene que ser phronimós, reconocer qué tipo de bien distribuimos y quién es el destinatario de la distribución, pues las diferencias sí cuentan[7]. Tal agente no puede ser neutral frente a los lenguajes de valor sin perder toda competencia para la distribución justa. La imagen de la justicia vendada sólo es útil para entender la justicia conmutativa (que sólo repara en la especie del daño) en lo que respecta a la justicia distributiva hay que saber mirar.

El mayor de los enemigos de la dikaiosyne es, en este contexto, la pleonexia (el “afán de posesión”), la búsqueda personal de poseer uno de estos bienes excediendo la proporción debida. Cuando alguien, por ejemplo, abandona su puesto en el combate o desfalca el tesoro público, aspira a gozar de un bien exterior – la seguridad o la riqueza – en una cantidad mayor que la que le corresponde legítimamente a uno. La adikía en este contexto es un atentado contra la equidad: tener más de lo debido supone que otros dispongan menos de ese mismo bien (los compañeros de armas tendrán un flanco vulnerable – el que me correspondía resguardar, etc. – de modo que quien así obra vulnera el equilibrio comunitario[8].

Resulta particularmente interesante constatar como una forma de actuar que la tradición clásica consideraba profundamente viciosa se convirtiera en las modernas teorías del contrato en el móvil por excelencia que lleva a los individuos a entrar en sociedad, puesto que sólo así es posible alcanzar la propia seguridad, o la adquisición no violenta de la propiedad, etc. En teorías liberales de la economía como la de Adam Smith el autointerés es la energía que pone en marcha la maquinaria del mercado. Incluso en algunas concepciones de la moral de clara inspiración utilitaria - como en el caso de Benjamin Franklin[9]- el afán de posesión sea considerado una virtud; ella promueve en nosotros el deseo de superación y bienestar, estimula la vocación por el trabajo duro (esto de todos modos no debería resultarnos tan sorprendente, si tomamos en cuenta que recientemente un economista tan prestigioso como Friedrich von Hayek ha afirmado públicamente que la solidaridad es un valor pasado de moda, "un rezago emocional de los sentimientos primitivos del grupo pequeño de cazadores o recolectores”[10]).

Aquí sólo quiero mostrar el contraste entre diferentes modelos de lo justo, no tomar una decisión acerca de la mayor plausibilidad de uno de ellos (de hecho, ese es en parte el tema de nuestro último capítulo, tomando como referencia las posiciones liberales). La discusión sobre la justicia presenta múltiples aristas que enfrenta una y otra vez a aristotélicos y procedimentalistas: la universalidad o localidad de los principios distributivos, el sentido de la igualdad, etc. Sólo quiero poner de manifiesto que ninguna de las posiciones mencionadas es realmente neutral respecto de los bienes, que la discusión no puede plantearse convincentemente en términos de neutralidad valorativa frente a suscripción de tele. Podemos eso si, discutir en torno a la consistencia o no de los llamados “bienes compartidos” o si es suficiente una lista de “bienes primarios” o bienes individuales para hacer inteligible la necesidad de la justicia distributiva. Hago mención de este contraste conceptual para hacer patente la tesis tayloriana de que la referencia al bien es condición trascendental de toda visión filosófico – práctica, que en general toda teoría ética y política nos remite a articulaciones implícitas de valor que funcionan teleológicamente[11].




NOTAS.-


[1] Cfr. Rawls, John, Liberalismo político México, FCE 1996, el pranteamiento del problema fundamental aparece en la Introducción.
[2] Cfr. Locke, John Carta sobre la tolerancia Instituto de Estudios Políticos Caracas, 1966 pp. 61-62.
[3] Rawls, John Teoría de la justicia op.cit.
[4] Eth. Nic. Libro V, especialmente caps. 2 y 3; Cfr. Aristóteles, Política Libros III-IV; véase asímismo Williams, Bernard “La justicia cmo virtud” en: La fortuna moral op.cit.; pp. – ; MacIntyre, Alasdair Justicia y racionalidad. op.cit. caps 5 y 6 e idem Tras la virtud . op.cit cap 12.

[5] Eth. Nic 1129b 17.
[6] Eth. Nic 1129b 5.
[7] Conocida es la formulación aristotélica de la justicia distributiva como dar a cada cual lo suyo, formulación plausible hasta el día de hoy para muchos tratadistas del tema. Es también conocido que Aristóteles dejó abierta la cuestión relativa al principio rector de la distribución ,el mérito, la igualdad o las necesidades. Señaló que la comunidad debía juzgar que criterio aplicar de acuerdo a cada caso .Precisó que esta flexibilidad era posible en tanto la justicia se hallaba sostenida por la amistad política, el hecho que los miembros de la comunidad suscribieran un relato - general y flexible - acerca del Bien. Una muestra más de la necesaria alianza de phrónesis y dikaiosyne en la tradición clásica.

[8] Cfr. Williams, Bernard “La justicia cmo virtud” op.cit. pp. 111-2.
[9] Este caso es desarrollado por MacIntyre en el capítulo 14 de Tras la virtud. Cfr. MacIntyre, Alasdair Tras la virtud op.cit. pp. 245-6.
[10] Esta tesis la defendió en una conferencia pronunciada en el Perú. Cfr. Von Hayek, Friedrich " La higiene de la democracia" en: De Soto, Hernando (Editor) Democracia y economía de mercado Lima, ILD 1981 p. 30.
[11] Es ya un tópico en la reflexión de los críticos del procedimentalismo la acusación a las teorías formales de combinar – paradójicamente – la construcción de un andamiaje conceptual innovador, “moderno” en términos de fundamentación, con una actitud conservadora en el nivel del contenido de las normas. Los ejemplos de Kant, o incluso de Mill aluden a situaciones cotidianas del estilo del robo oel cumplimiento de las promesas y siempre la norma resultante termina confirmando la relevancia moral de la propiedad privada o la veracidad; confirmando, en suma, la tradición cristiana y/o burguesa en la que se formaron. Curioso destino de estos “revolucionarios” ilustrados. En esta línea se entiende la crítica de Michael Sandel a John Rawls acerca de en qué medida el principio de diferencia de este último sólo puede ser inteligible en una sociedad en donde la solidaridad es un valor reconocido. En realidad, este tipo de argumentación proviene de Hegel, quien al final de la sección “razón” en la Fenomenología del espíritu – la figura correspondiente a “la razón que examina leyes”, señala cómo Kant logra mostrar como la máxima “no robar” es univesalizable si es que asumimos como una evidencia la hipótesis de la necesaria existencia de la propiedad privada, lo cual, desde luego, corresponde a un valor histórico situado. Por eso es que es necesario pasar al “espíritu” Cfr. Sobre esto Hegel G.W.F. Fenomenología del espíritu op.cit. pp. 254-5; MacIntyre, Alasdair Tras la virtud op.cit. capítulos 4 y 17; Sandel, Michael Liberalism and the limits of Justice CambridgeUniversity Press,Cambridge 1982; idem “The Procedural republic and the unemcumbered self”en:Political Theory 12,1984; pp.81-97; Ricoeur, Paul “Amor y justicia” en: Amor y justicia Madrid, Casparrós Editores 1993 pp. 9 – 34; Mulhall, Stephen y Adam Swift El individuo frente a la comunidad Madrid, Temas de Hoy 1996 capítulo 1.
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miércoles, 5 de diciembre de 2007

JUSTICIA LIBERAL Y ACCIÒN POLÌTICA




Gonzalo Gamio Gehri



Si la justicia distributiva es – como Aristóteles sostenía, y Walzer a través suyo – una empresa cooperativa llevada a cabo por los miembros activos de una institución o comunidad dadas, entonces la vida política y la amistad cívica ocupan – o deberían ocupar - un lugar central en las teorías liberales de la justicia. Lejos de salir de las relaciones y vínculos que forjan su identidad cultural, los agentes distributivos deben estar en capacidad de profundizar reflexivamente en ellos, de modo que puedan percibir, reconocer y discutir públicamente los significados sociales que determinan el valor de bienes y recursos y condicionan el sentido de los principios de justicia. Un sujeto desarraigado no podría evaluar o discernir el modo contextualmente correcto de la asignación de los bienes sociales al interior de una comunidad distributiva.

Esta recuperación de la actividad pública requiere ciertas precisiones acerca del concepto de libertad así como respecto del carácter de los consensos prácticos que pueden ser construidos en el marco de la acción cívica. En particular se trata de sobrepasar la imagen del contrato, puesto que ella oscurece no sólo la presencia de bienes comunes como potencialmente movilizadores para la vida de los agentes, sino que convierte la política en tanto tal en un conjunto de acuerdos basados en la concesión y adquisición de beneficios y ventajas para sujetos – individuales o corporativos – de interés privado. Si el intento walzeriano de conciliar conceptualmente la justicia aristotélica con el ethos liberal es consistente, entonces la concepción atomista de la política como la construcción de un pacto de no agresión entre los grupos sociales y como un sistema de negociación de parte de las élites es a todas luces insuficiente y raquítica: entre otras cosas, es insuficientemente liberal, dada su profunda miopía frente a la relevancia pública del ejercicio de las libertades cívicas para la constitución de una sociedad justa y bien ordenada.

En la temprana tradición contractualista, el individuo no contaba con propósitos político – participativos, ni antes, ni después del contrato. Lo racional es buscar la satisfacción de las necesidades y realizar las expectativas privadas de bienestar: los otros son obstáculos potenciales para el logro de mi plan de vida o mis deseos, o incluso posibles agresores. La libertad es, en clave hobbesiana, absentia impedimentorum (la célebre “libertad negativa” descrita por Isaiah Berlin[1]); no hay aquí espacio para la práctica de la ciudadanía activa. Incluso los derechos subjetivos son concebidos por Locke desde el paradigma de la propiedad privada (soy dueño de mi cuerpo, soy dueño de mis ideas y valores, soy dueño de ciertos bienes materiales adquiridos legítimamente, etc.). Con un individuo desarraigado y desinteresado respecto de las acciones comunes no instrumentales simplemente se erosiona la posibilidad de la política en sentido estricto. El individualismo – en la teoría como en la práctica de la vida social – es incompatible con el concepto de la política ciudadana. En esta línea de reflexión Benjamin Barber sostiene que "al proponer al individuo solitario como ciudadano modelo, el liberalismo frustró las ideas de ciudadanía y comunidad y urdió un yo novelesco tan desentendido de la situación y del contexto que sólo era útil para desafiar a la idea misma de lo político"[2].

Como se sabe, para el ciudadano de las teorías del contrato el cuerpo político se encarga de garantizar la seguridad y libertad individuales, de modo que el individuo –una vez que estas garantías se hacen efectivas, queda libre de la política, pues el espacio de la libertad es fundamentalmente la esfera privada, un espacio delimitado por la ley y los derechos del individuo. Una vez suscrito el contrato y especificados los derechos fundamentales, el ciudadano podrá entregarse al diseño y realización de sus planes privados de vida. El tema de la vida buena se convierte en un asunto eminentemente individual, de modo que el ámbito público se restringe a la constitución de la estructura básica de la sociedad, a asuntos de justicia procedimental. Sobre esta liberación de lo político, Hannah Arendt afirmaba con razón que “…ha llegado a convertirse casi en un axioma, incluso en la teoría política, entender por libertad política no un fenómeno político, sino por el contrario, la serie más o menos amplia de actividades no políticas que son permitidas y garantizadas por el cuerpo político a sus miembros”[3] .

En esta perspectiva, la acción política cae en manos de un número restringido de personas que se convierten en administradores del “cuerpo político” – políticos ‘de profesión’, burócratas, técnicos en la ‘gestión pública’ -. Los ciudadanos comunes se convierten en administradores de su propia vida – en el mejor de los casos, individuos autónomos en lo privado – y, en este sentido, en agentes distributivos en pequeña escala, vale decir, en aquellas formas de interacción social e intercambio de bienes que tienen lugar en la vida privada, usuarios del amor en la intimidad y en los espacios de la familia, de recursos económicos quizá en el trabajo o en la microempresa, acaso del saber y la información en las escuelas, en los comités de padres. No obstante, en ese registro apolítico de la vida, el individuo renuncia a participar en la elección y la discusión de buena parte de las reglas que determinan su acceso – o no acceso – a muchos bienes sociales que resultan importantes e incluso decisivos para el curso razonable de su vida. Deja en manos de otros la configuración de estas reglas.

La asignación de derechos, deberes y servicios en sus diferentes especies, el acceso al poder político e incluso el bosquejo de las fronteras que separan las diferentes instituciones sociales frecuentemente caen en manos de una élite de administradores y profesionales de lo público. Una amplia gama de libertades se tornan invisibles ante los ojos de los miembros de estas ‘democracias de baja intensidad’. La ciudadanía en sentido clásico en la práctica desaparece de escena; los miembros de tales sociedades privilegian su rol de contribuyentes al fisco antes que su condición de agentes políticos. Lo curioso – y lo dramático del caso, en realidad – es que resulta evidente que un régimen basado únicamente en la observancia de libertades y derechos individuales no podría sostenerse como un sistema político libre sin la presencia de alguna clase de ethos participativo. Si los miembros de una sociedad liberal no asumen posiciones de vigilancia respecto de la labor de sus instituciones políticas y de sus gobiernos, su desidia provoca que fácil y aceleradamente las autoridades asuman una actitud tutelar respecto de sus gobernados, que ven recortadas sus libertades y conculcados sus derechos sin advertirlo del todo[4]. El caso de América Latina es profundamente revelador a este respecto.

El desinterés por lo político constituye una invitación a los diferentes tipos de tiranía e injusticia distributiva. La ética cívica es un complemento necesario del sistema de derechos en una democracia liberal. Es desde esta perspectiva que sugería – al final del apartado sobre el pensamiento de Walzer – que para el liberal era preciso constituir espacios públicos al interior de “instituciones intermedias” en las que pudiese manifestar con otros ciudadanos sus puntos de vista y generar alguna clase de influencia en las políticas públicas. Desde una concepción puramente procedimental de la justicia no puede vislumbrarse la importancia de los bienes comunes y del ‘sentido de comunidad’: desde un enfoque atomista no hay comunidades, solamente asociaciones construidas a partir de una visión instrumental de la racionalidad práctica. Sin una interpretación hermenéutica de lo social el liberalismo queda atrapado en el individualismo craso.

La política liberal requiere de escenarios abiertos a la deliberación pública y a la interacción ciudadana: espacios en los que podamos compartir asignar y repartir bienes sociales, y defender el equilibrio institucional. Aquí aparece con toda su fuerza el concepto de sociedad civil. Sus instituciones son espacios que median entre el Estados y los individuos, que permiten a estos generar y discutir programas comunes y formas de fiscalización respecto de la administración estatal del poder. Espacios para el diálogo y la crítica social. Las universidades, los colegios profesionales, ciertas Organizaciones No Gubernamentales y grupos de reflexión, comunidades cívicas y religiosas de diverso cuño (siempre y cuando sean instituciones abiertas al diálogo sin restricción). Algunas de estas instituciones son ya por sí mismas comunidades distributivas, en las que el saber, la gracia o los méritos son bienes a repartir e intercambiar. Son, a su vez, instituciones que pueden vigilar acerca de la distribución justa del poder.

En este sentido, la vida política no constituye una opción más entre otras – sostenida por alguna “doctrina comprensiva”, en la jerga del segundo Rawls – sino un modo de vida importante para cimentar una sociedad que se precie de ser democrática y liberal: simplemente el sistema liberal de derechos y libertades no podría sobrevivir sin un compromiso cívico sostenido de parte de sus usuarios. Si los ciudadanos no están dispuestos a movilizarse y a defender sus derechos cuando estos están amenazados, esto significa que incluso las libertades más elementales están en peligro mortal. Un sistema político no puede sostenerse sin el reconocimiento y la protección que se fundan en la acción concertada de los ciudadanos. Como en Aristóteles, la actividad política requiere del grado de pertenencia institucional (y mutua implicancia en un proyecto común) que se asocia al cultivo de la amistad cívica.

Desde luego, las instituciones de la sociedad civil son escenarios genuinamente democráticos si están abiertos a una pluralidad de voces y argumentos. La homonóia, la concordia, no es una clase de “unanimidad en la opinión”, pues ésta puede darse, nos lo recuerda el propio Aristóteles, “incluso en aquellos que no se conocen entre sí”[5]. Lo que la amistad cívica exige es que los ciudadanos y los miembros de instituciones libres habiten una “comunidad de pensamiento”, un espacio abierto en el que pueda expresarse por igual nuestros acuerdos y desacuerdos en materia de nuestra convivencia e intereses, y que estos puedan ser formulados a través de la deliberación pública. La homonóia tiene lugar allí donde los miembros de la comunidad política se sienten herederos de una historia compartida, de forma que están dispuestos a continuar ese proyecto por medio de la crítica y la acción común: de este modo, los disensos y consensos que se producen en las instituciones con respecto a la justicia y los bienes públicos se entienden como momentos de esa historia. El consenso es razonable cuando es fruto del encuentro libre de argumentos y posiciones, cuando los ciudadanos están dispuestos a escuchar las razones de los demás y admiten la posibilidad de la discrepancia como valiosa y necesaria para una comunidad política saludable.



NOTAS.-

[1] Berlin, Isaiah “Dos conceptos de libertad”: en Cuatro ensayos sobre la libertad Madrid, Alianza Editorial, 1984.
[2] Véase Barber, Benjamin "La democracia liberal y los costos del consenso" en: Rosenblum, Nancy (Editora) El liberalismo y la vida moral Buenos Aires, Nueva Visión 1993. ; p. 63.
[3] Arendt, Hannah Sobre la revolución Madrid Alianza Universidad 1988 p.30. Para una crítica de la historia del concepto de libertad política desde los griegos hasta las sociedades liberales ver Patrón, Pepi “Libertad y Política” en: Areté vol. I N° 2 1989;pp. 407-414.
[4] Cfr. Taylor, Charles “Equívocos: el debate liberalismo – comunitarismo” en: Argumentos filosóficos Barcelona Paidós, pp. 239 y ss.
[5] Eth. Nic. 1167ª 22.
FOTO: Cortesìa de losviajeros.com

sábado, 24 de noviembre de 2007

EL GOBIERNO DE GARCÍA Y LA MAFIA


FAVORECIENDO AL EXTRADITADO


Gonzalo Gamio Gehri


El día de hoy, diarios independientes como La República y Perú 21 han destacado una noticia en realidad perturbadora: el poder ejecutivo ha remitido al Congreso de la República un proyecto de ley que busca la "simplificación del juicio oral". El proyecto lleva el sello urgente y pretende modificar los artículos 243 y 256 del Código de Procedimientos Penales. El objetivo es dar facilidades al procesado Alberto Fujimori - el sombrío dictador de los noventas -, permitiéndole que no se confronte con Vladimiro Montesinos y Nicolás de Bari Hermoza. El extraditado ha pretendido arguir que desconocía las actividades ilícitas de su asesor (una teoría probadamente falsa); no tener que declarar en presencia suya le ahorraría las dificultades psicológicas y somáticas - además de dialécticas - que supondrían para él sostener esa versión. Todos sabemos que Fujimori y Montesinos son hermanos siameses, unidos por un amplio bolsillo y un siniestro corazón. Empero, se hace necesario que los especialistas en el campo del Derecho, los activistas en Derechos Humanos y los peruanos en general denunciemos esta estrategia y no guardemos silencio frente a este proyecto diseñado a la medida de las expectativas de la mafia

Esta acelerada maniobra converge perfectamente con las recientes declaraciones de García en favor de la excarcelación de Moisés Wolfenson - en exclusiva para La Razón, diario que ha servido y sirve a los intereses del fujimontesinismo -, sus encendidas declaraciones sobre el presunto "rebrote" del terrorismo - un gesto que intenta soslayar la ineptitud y la irresponsabilidad con que su gobierno y su ministro del interior afrontan el fortalecimiento del narcotráfico en el país, pues de eso se trata -, destacando un antiguo y engañoso caballito de batalla de la conjura dinástica de los Fujimori y cía. Frente a todo este comportamiento, la iniciativa de Alianza para el futuro dirigida a buscar la interpelación del premier Del Castillo aparece como una morisqueta distractora de un mago torpe. La discreta lucidez y los agarrotados reflejos políticos de los fujimoristas se hace evidente, pero también se hace manifiesto que - como Nelson Manrique ha señalado - la alianza entre apristas y fujimoristas no ha sufrido mella alguna (de lo que casi nadie habla hasta ahora es que Sousa - el abogado del procesado ex dictador - preside la comisión parlamentaria de reforma del código procesal penal). La presencia de los dos vicepresidentes, de Kouri y Rey, los jerárcas conservadores de la Iglesia en el entorno presidencial apuntó desde el principio en la dirección de una inobjetable proximidad con el régimen de Fujimori.

Con estas actitudes, Alan García nos hace ver cuán partidario de la impunidad realmente es. No sorprende de un político que buscó el beneficio de la prescripción para rehuir de la acción de la justicia. Creo que el futuro de este asunto se ve bastante claro: el gobierno de García está tratando - por debajo de la mesa - de beneficiar al ex dictador; es posible que intente influir en su favor en las instancias superiores, con el fin de asegurar su impunidad. Estos sí sin caimanes del mismo pantano. Curiosa manera de pretender "pasar a la historia". La ciudadanía tiene ahora la palabra.




Gracias, Carlín, por la caricatura.