Gonzalo Gamio Gehri
Con frecuencia, la apelación contemporánea a lo común en materia moral y política asume el lenguaje de la cultura de los Derechos Humanos. En gran medida, lo que hemos estado discutiendo sobre la importancia del ejercicio de la razón práctica en la construcción de la identidad, y la capacidad de los agentes humanos de intercambiar narraciones y dialogar en torno a ellas se enmarca en el horizonte de esa cultura. Se trata de un sistema de principios e instituciones cuyo propósito fundamental es garantizar la protección efectiva de la dignidad y libertad de los individuos frente a la violencia que puedan ejercer contra ellos otras personas, pero también el propio Estado.
Los Derechos Humanos son expresión de la exigencia contemporánea de justicia universal, la invocación a un sistema normativo internacional que trascienda la jurisdicción de los Estados locales, pero que al mismo tiempo permita vigilar su conducta frente a sus ciudadanos. En ese sentido, podría decirse que los preceptos consignados en la Declaración de 1948 cumplen en el mundo de la posguerra una función análoga a la que cumplían las “leyes de la Hélade” en las relaciones conflictivas entre los argivos, tebanos y atenienses expuestas en Las Suplicantes. Se ha discutido mucho acerca de la clase de universalidad de estos derechos, si – a pesar de presentar una formulación que recuerda a las Declaraciones de Derechos norteamericana y francesa – pueden dar cuenta de un conjunto de principios que representan consensos interculturales en lo que respecta a las prerrogativas e inmunidades de los individuos (aunque parezca sorprendente, hay quienes consideran “inconsistente” la combinación de la exigencia ética universalista y la preocupación por la encarnación política local y cultural; habría que preguntarles a esos falsos “realistas” sin han oído hablar de la filosofía pragmatista o incluso del “universal concreto” hegeliano). Boaventura de Sousa Santos ha propuesto pensar los Derechos Humanos desde una hermenéutica diatópica, una reflexión crítica en torno a las diferentes ideas de dignidad construidas en tradiciones culturales e intelectuales diversas, que sirva de cimiento a consensos globales que posean una fuerza normativa (y emancipatoria) genuinamente universal[1].
Con frecuencia, la conexión conceptual entre los Derechos Humanos y las identidades culturales ha sido planteada como problemática. Se ha sostenido que reproduce visiones de la vida básicamente occidentales e ilustradas (una antropología metafísica de corte individualista, una epistemología moral racionalista, una concepción utópica cosmopolita subyacente a su propio planteamiento ético). Creo que se trata de objeciones que hay que tomar en serio, pero que tienden a debilitarse si examinamos los Derechos Humanos en una perspectiva pragmática, y no metafísica (al menos en el sentido tradicional del término). En lugar de formular la cuestión de si los seres humanos somos realmente titulares de Derechos Naturales inalienables – en virtud de algún “atributo esencial” de la humanidad, como la capacidad de razón -, o si es posible “deducir” estos derechos de algún procedimiento racional universal (el imperativo categórico o el contrato social, por ejemplo), consideremos este sistema de derechos como una herramienta social, fruto de la historia moderna – particularmente resultado de la reflexión crítica en torno a experiencias dolorosas como las guerras de religión en el siglo XVII, o el Holocausto judío en la segunda guerra mundial -, que apunta a la prevención y contención de actos de represión, persecuciones por razones ideológicas o religiosas, tortura o desaparición forzada[2]. Tomamos así distancia de las intuiciones metafísicas en torno a los Derechos Humanos, y nos quedamos con las consideraciones prácticas en torno a sus propósitos: reducción del daño y la violencia, el cuidado de la libertad y el acceso al bienestar de sus usuarios, etc. No necesitamos explicitar nuestros compromisos metafísicos para manifestar nuestra adhesión a esta clase de derechos[3].
¿Qué tiene que ver todo esto con las cuestiones de identidad cultural? Mucho, en realidad. La cultura de los Derechos Humanos pretende ser un espacio espiritual plural en el que los agentes, sus grupos de origen y sus asociaciones puedan entrar en contacto. No se trata de un escenario culturalmente neutro, sino de un sistema normativo históricamente constituido que posibilita el encuentro dialógico de los individuos y sus culturas. Los Derechos Humanos constituyen un sistema de normas que procura proteger al individuo, de modo que él pueda planificar su vida y vivirla sin interferencias no consentidas (en ese sentido, como dice Appiah, las culturas son valiosas sólo si les importan a las personas).. Sin embargo, discernir y diseñar un proyecto de vida implica traer a colación – y someter a discusión – las diferentes dimensiones de la identidad a las que hemos hecho referencia (incluyendo la lengua y la cultura). Difícilmente uno puede llegar a ser ‘uno mismo’ sin evocar los contextos culturales que influyen en el propio estilo de vida. Esta clase de argumentación ha llevado a filósofos de la talla de Will Kymlicka a sostener que la afirmación del sistema de derechos exige la promoción de políticas lingüísticas y culturales que permitan a los individuos acceder a los servicios que brinda el Estado en su lengua vernácula. De otro modo, no podría garantizarse la observancia del principio de igualdad civil, básica para toda defensa razonable de los Derechos Humanos[4].
Con frecuencia, la apelación contemporánea a lo común en materia moral y política asume el lenguaje de la cultura de los Derechos Humanos. En gran medida, lo que hemos estado discutiendo sobre la importancia del ejercicio de la razón práctica en la construcción de la identidad, y la capacidad de los agentes humanos de intercambiar narraciones y dialogar en torno a ellas se enmarca en el horizonte de esa cultura. Se trata de un sistema de principios e instituciones cuyo propósito fundamental es garantizar la protección efectiva de la dignidad y libertad de los individuos frente a la violencia que puedan ejercer contra ellos otras personas, pero también el propio Estado.
Los Derechos Humanos son expresión de la exigencia contemporánea de justicia universal, la invocación a un sistema normativo internacional que trascienda la jurisdicción de los Estados locales, pero que al mismo tiempo permita vigilar su conducta frente a sus ciudadanos. En ese sentido, podría decirse que los preceptos consignados en la Declaración de 1948 cumplen en el mundo de la posguerra una función análoga a la que cumplían las “leyes de la Hélade” en las relaciones conflictivas entre los argivos, tebanos y atenienses expuestas en Las Suplicantes. Se ha discutido mucho acerca de la clase de universalidad de estos derechos, si – a pesar de presentar una formulación que recuerda a las Declaraciones de Derechos norteamericana y francesa – pueden dar cuenta de un conjunto de principios que representan consensos interculturales en lo que respecta a las prerrogativas e inmunidades de los individuos (aunque parezca sorprendente, hay quienes consideran “inconsistente” la combinación de la exigencia ética universalista y la preocupación por la encarnación política local y cultural; habría que preguntarles a esos falsos “realistas” sin han oído hablar de la filosofía pragmatista o incluso del “universal concreto” hegeliano). Boaventura de Sousa Santos ha propuesto pensar los Derechos Humanos desde una hermenéutica diatópica, una reflexión crítica en torno a las diferentes ideas de dignidad construidas en tradiciones culturales e intelectuales diversas, que sirva de cimiento a consensos globales que posean una fuerza normativa (y emancipatoria) genuinamente universal[1].
Con frecuencia, la conexión conceptual entre los Derechos Humanos y las identidades culturales ha sido planteada como problemática. Se ha sostenido que reproduce visiones de la vida básicamente occidentales e ilustradas (una antropología metafísica de corte individualista, una epistemología moral racionalista, una concepción utópica cosmopolita subyacente a su propio planteamiento ético). Creo que se trata de objeciones que hay que tomar en serio, pero que tienden a debilitarse si examinamos los Derechos Humanos en una perspectiva pragmática, y no metafísica (al menos en el sentido tradicional del término). En lugar de formular la cuestión de si los seres humanos somos realmente titulares de Derechos Naturales inalienables – en virtud de algún “atributo esencial” de la humanidad, como la capacidad de razón -, o si es posible “deducir” estos derechos de algún procedimiento racional universal (el imperativo categórico o el contrato social, por ejemplo), consideremos este sistema de derechos como una herramienta social, fruto de la historia moderna – particularmente resultado de la reflexión crítica en torno a experiencias dolorosas como las guerras de religión en el siglo XVII, o el Holocausto judío en la segunda guerra mundial -, que apunta a la prevención y contención de actos de represión, persecuciones por razones ideológicas o religiosas, tortura o desaparición forzada[2]. Tomamos así distancia de las intuiciones metafísicas en torno a los Derechos Humanos, y nos quedamos con las consideraciones prácticas en torno a sus propósitos: reducción del daño y la violencia, el cuidado de la libertad y el acceso al bienestar de sus usuarios, etc. No necesitamos explicitar nuestros compromisos metafísicos para manifestar nuestra adhesión a esta clase de derechos[3].
¿Qué tiene que ver todo esto con las cuestiones de identidad cultural? Mucho, en realidad. La cultura de los Derechos Humanos pretende ser un espacio espiritual plural en el que los agentes, sus grupos de origen y sus asociaciones puedan entrar en contacto. No se trata de un escenario culturalmente neutro, sino de un sistema normativo históricamente constituido que posibilita el encuentro dialógico de los individuos y sus culturas. Los Derechos Humanos constituyen un sistema de normas que procura proteger al individuo, de modo que él pueda planificar su vida y vivirla sin interferencias no consentidas (en ese sentido, como dice Appiah, las culturas son valiosas sólo si les importan a las personas).. Sin embargo, discernir y diseñar un proyecto de vida implica traer a colación – y someter a discusión – las diferentes dimensiones de la identidad a las que hemos hecho referencia (incluyendo la lengua y la cultura). Difícilmente uno puede llegar a ser ‘uno mismo’ sin evocar los contextos culturales que influyen en el propio estilo de vida. Esta clase de argumentación ha llevado a filósofos de la talla de Will Kymlicka a sostener que la afirmación del sistema de derechos exige la promoción de políticas lingüísticas y culturales que permitan a los individuos acceder a los servicios que brinda el Estado en su lengua vernácula. De otro modo, no podría garantizarse la observancia del principio de igualdad civil, básica para toda defensa razonable de los Derechos Humanos[4].
* Esta nota es un adelanto de una investigavión, sobre Cultura de Paz, interculturalidad y DDHH.
[1] Santos, Boaventura de Sousa De la mano de Alicia. Lo social y lo político en la postmodernidad Bogotá, Siglo del Hombre Editores 2006 capítulo 10.
[2] Consúltese Rorty, Richard “Derechos humanos, racionalidad y sentimentalismo” op.cit.
[3] Cfr. Appiah, K. Anthony La ética de la identidad Buenos Aires, Katz 2007 p. 369.
[4] Este es el argumento central de Ciudadanía multicultural Kymlicka, Will Ciudadanía multicultural Barcelona, Paidós 1996.
12 comentarios:
Los derechos universales creados por mentes occidentales no son más que una forma de tratar de compensar las épocas injustas de desigualdad y maltrato que han vivido millones de seres humanos a lo largo de la historia.
Una justicia genuina en lo fáctico no existe y es virtualmente imposible de que pueda existir,la razón es muy sencilla hay mucha complejidad en desarrollar mecanismos integradores que no afecten intereses y además porque siempre existirán status sociales.
Hola MARDAM:
Que la justicia pretende orientar una realidad compleja es evidente; también lo es que tenga que combatir intereses de diverso cuño. Lo que no parece evidente es que "los derechos universales creados por mentes occidentales no son más que una forma de tratar de compensar las épocas injustas" y que la justicia sea imposible. Sus afirmaciones encierran un enjambre de presuposiciones que es preciso discutir previamente.
Saludos,
Gonzalo.
Gonzalo:
Interesante, la universalidad de los derechos me parece un tema interesante. Unas preguntas:
Dices: “Los Derechos Humanos constituyen un sistema de normas que procura proteger al individuo, de modo que él pueda planificar su vida y vivirla sin interferencias no consentidas”.
¿Cuál es el fundamento de ese sistema de normas que procura defender al individuo?
Dices: Tú buscas crear “un sistema normativo históricamente constituido que posibilita el encuentro dialógico de los individuos y sus culturas”. 1) ¿el individuo y la cultura están al mismo nivel? 2) ¿Qué sucede cuando el individuo y la cultura entran en conflicto? ¿A quién prefieres? Si es al individuo, entonces no tiene sentido proteger los aspectos culturales per se, sino en tanto beneficien a los individuos.
Dices: “difícilmente uno puede llegar a ser ‘uno mismo’ sin evocar los contextos culturales que influyen en el propio estilo de vida”. No me queda claro que quieres inferir de esta afirmación. La cultura no tiene un valor en sí mismo, sino en tanto permita al individuo desarrollarse. Si fuera así, lo más importante sigue siendo el individuo, y la cultura será un medio necesario para garantizar el bienestar de los individuos, mas nunca estarán al mismo nivel.
saludos,
César
Es un tema fundamental, aunk siempre me gustó la expresión de MICHEL FOUCAULT k dijo k la ideología de los DDHH es reciente. Muy reciente. Bueno pues, hay k ir hacia su real concreción y respeto. Pork de k es útil es útil sin apoyarme en BENTHAM. Lo dejo ahí.
Hola César:
En este post, así como en todos los que he dedicado a los DDHH, está claro que la cultura es importante en tanto constituye el escenario del desarrollo de las personas. No existe identidad humana que se desarrolle a espaldas de la cultura, pero el individuo tiene derecho de suscribir, abandonar o intentar resignificar las culturas que habita (cfr. Mis posts sobre Sen y Appiah). Las culturas también pueden convertirse en opresivas.
El fundamento de los DDHH no es apodíctico ni meramente abstracto. Es una idea de libertad y dignidad individual que ha ido gestándose entre la tradición judeo-cristiana, el estoicismo, la Ilustración y el romanticismo, que defiende la no-instrumentalización del individuo humano, la reducción del sufrimiento y el rechazo a la crueldad. Se han ensayado justificaciones deontológicas, contractualistas, teológicas y pragmáticas (la que esbozo aquí). Todas, finalmente, contribuyen al “consenso superpuesto” que expresa la cultura de los DDHH. No se trata de fundamentos despojados de historia y debate intercultural (que existan esa clase de fundamentos - fuera de los principios de la lógica formal - es algo que el pensamiento del siglo XX ha cuestionado con muy buenos argumentos).
Saludos,
Gonzalo.
Hola Jaime:
Es cierto. El siglo XVIII (y 1948) son referentes históricos recientes. No obstante, vale la pena luchar por preceptos tan importantes y valiosos.
Saludos,
Gonzalo.
Una respuesta rápida para el anónimo: el ser humano se desarrolla a través del sentido. No le basta, por eso, estar vivo. Un ser humano es libre en tanto que se integra a un lenguaje que le permite construir lo que se llama ténicamente un "self". Hoy justamente estoy terminando un ensayo sobre el papel que cumple la narración en la formación del self y, por tanto, de la experiencia. Saludos.
Gonzalo:
tú dices que los DDHH "Es una idea de libertad y dignidad individual que ha ido gestándose entre la tradición judeo-cristiana, el estoicismo, la Ilustración y el romanticismo, que defiende la no-instrumentalización del individuo humano, la reducción del sufrimiento y el rechazo a la crueldad".
Este argumento no justifica la existencia de los DDHH, lo explica. Creo que estás confundiendo explicación con justificación. Por ejemplo, cuando newton descubrió la ley de la gravedad, lo que interesa a los físicos es la justificación de esta ley. Quizás a los sicólogos les interese explicar cómo llegó a esta idea, pero claramente son dos aspectos distintos.
El avance de los DDHH se explican por la revolución francesa, la revolución estadounidense y, contemporáneamente, por la II Guerra Mundial. Ahora bien, ello, en sí, no justifica su existencia.
Yo creo que siempre vas a tener que acudir a algún criterio metafísico para justificar la universalidad de los DDHH.
saludos,
César
César:
No hay “criterios” de esa clase. No podemos des-cubrir si el ser humano por naturaleza poseen estos derechos, o si la vida humana tiene una finalidad intrínseca, o si existe un orden providencial en el universo. No sorprende tu analogía con el modelo de la física (también cuestionada desde la epistemología contemporánea). Todas esas representaciones suponen lo que Putnam llama “la perspectiva del ojo divino”, que no podemos reproducir. Supone una mente desvinculada de toda situación. La justificación pragmática es mucho más razonable.
Saludos,
Gonzalo.
Profesor Gonzalo Gamio:
TRES CONCEPCIONES (Y UNO MAS) DE LOS DDHH
Quisiera dar algunas observaciones y comentarios al post (que es de por sí muy bueno). Al leer el post uno se pregunta: ¿Por qué falla los DDHH en la sociedad civil?¿Porque los DDHH no han cuajado en la sociedad civil?¿Que es lo que ha impedido una consolidación de los DDHH?.
Creo que existen diferentes “concepciones” de los DDHH o las maneras de cómo se han pensado los mismos. Los cuales se pueden enumerar:
1.- DDHH como un marco normativo
2.- DDHH como una ficcion el caso de Mc Intyre.
3.- Los que niegan los DDHH (que tambien es una forma de concepción)
Realizando una analisis de cada una de las concepciones se podrá ver que son muy endebles sus planteamientos, y no se sostienen por sí misma.
Si bien los DDHH surgieron ante los casos de la violencia y la “barbarie” como un freno. Pero estos siempre han estado dentro de un marco juridico internacional, dentro de las constituciones de cada pais, o mediadas por parte de las instituciones. Pero la sociedad civil no ha sentido sus efectos practicos, (y yo creo que aquí se encuentra uno de los mas grandes escollos a la cultura de los DDHH). Porque se han enmarcado dentro de un “afuera” (las leyes, las constituciones etc) que no los hacia participe. Pues siempre se ha pensado a los DDHH como que : “La cultura de los Derechos Humanos pretende ser un espacio espiritual plural en el que los agentes, sus grupos de origen y sus asociaciones puedan entrar en contacto. No se trata de un escenario culturalmente neutro, sino de un sistema normativo históricamente constituido que posibilita el encuentro dialógico de los individuos y sus culturas. Los Derechos Humanos constituyen un sistema de normas que procura proteger al individuo, de modo que él pueda planificar su vida y vivirla sin interferencias no consentidas” Dentro de un marco normativo que posibilite el libre flujo de las ideas y de los individuos (suena aun a Kant). Pero que problemas puede traer (si es que trae) pensar los DDHH como una “herramienta social”? o de modo pragmatico?. Si es pensado así, no sería como un martillo que se usa en determinados contextos?. Por ejemplo un genocida (los DDHH son claros al respecto que pueden recibir un juicio justo), puede usar a los DDHH para sus propios fines. Desinformando a la población mundial y a su propia comunidad. Yo creo que la información es clave para la sustentación de los DDHH, otro de los escollos para la cultura de los DDHH es que la mayoria de las personas no las conoce. Y a eso le sumamos que tienen un fuerte conato juridico, y la población cree que las leyes no le favorecen (o son injustas), entonces tienden a desacreditar a los DDHH y a las leyes mismas. Todo esto en un “afuera” normativo-juridico. El asunto es pensarlo como un “adentro”. Darle un carácter “etico” en el sentido primigenio del termino. Para Aristóteles la etica es costumbre o habito. Por ello es necesario que los DDHH sean un habito el cual posibilite la reduccion de la violencia y una autentica cultura de los DDHH. Pues estos deben fundamentarse en los habitos o costumbres de las personas. Darle esta caracteristica es necesaria ante la creciente “naturalización” de la violencia y aun mas ante los intentos de darle un sustento “teorico” a la misma. Me remito a los estudios de Flores Galindo (el cual no puedo dejar de reconocer que es un autor que me fascina). Para Flores Galindo la tortura, específicamente, no se denuncia porque no causa asombro, es aceptado silenciosamente, en otras palabras se puede decir que es comun, de igual manera la violencia, esta se vuelve de sentido comun, y es practica cotidiana, por ello si es así la violencia, entonces debería ser igual los DDHH como contraparte.
P.D.: Estas son algunas ideas espero algun dia plasmarlos al papel.
Atte.
Estimado Uriel:
Los DDHH constituyen una forma cultura que encierra normas y valores. Me parece improbable que un genocida pueda usar los DDHH para realizar sus fines sin ser desenmascarado (la hipocresía de Bush frente a este tema es evidente, ha sido señalada, y el cierre de Guantánamo es una consecuencia de ello). No creo que la “sociedad civil” (esto es, la sociedad organizada con propósitos deliberativos y fiscalizadores) sea ajena a la causa de los DDHH. En todo caso importantes sectores de la sociedad (a secas) sí están en esa situación. Esto puede explicarse de muchos modos. Una de las causas (no la única, evidentemente) es el interés de los gobiernos por mantener a las personas en un estado de desconocimiento respecto de los derechos que puede invocar en situaciones de injusticia o de abuso de poder. Se hace necesario promover la conciencia de los DDHH.
Me parece que las críticas de MacIntyre sólo pueden funcionar contra una posición iusnaturalista tipo Locke. Una interpretación pragmática (Dewey, Rorty, Bernstein, Appiah), supera sin problemas las objeciones de “Tras la virtud” cap. 6.
Por otro lado, las objeciones “reaccionarias” a los DDHH desde la nostalgia del Antiguo Régimen y la vuelta a la teología medieval simplemente no pueden ser tomadas demasiado en serio.
Saludos,
Gonzalo.
Profesor Gonzalo Gamio:
El ultimo punto estoy de acuerdo. Pero mi inquietud va por que los DDHH, aun al haber sido promulgado, y si lo consideramos como una "herramienta social", aun así sigue habiendo los mismo motivos que generó el surgimiento de los DDHH. Carlos Santiago Nino en su libro "Etica y DDHH" manifiesta que por mas que se haya promulgado y reconocido juridicamente a nivel internacional "Esta expansion del reconocimiento juridico de los DDHH no ha impedido, sin embargo, que este siglo presenciara genocidios sin precedentes, purgas siniestras, masacres y persecuciones crueles, intervenciones sangrientas etc". Por eso, no sé si se podría dar otro sentido (o fundamentacion) a los DDHH.Ya que el pragmatismo de los DDHH, lo veo como si fuera algo externo enmarcado dentro del modelo normativo-juridico. Nino tambien reconocia este bache, como insuficiente y propone una conciencia moral pues "Estas limitaciones del reconocimiento de los derechos del hombre a traves del orden juridico nacional y del internacional hace que, ademas de ese imprescendible e imperioso reconocimiento, deba apuntarse a un plano todavia mas profundo: la formacion de una conciencia moral de la humanidad acerca del valor de estos derechos y de la aberracion ihnerente a toda accion dirigida a desconocerlos. Es esta conciencia, una vez que arraigue firmemente y se generalice, lo que puede constituir el freno mas perdurable y eficaz contra la accion de los enemigos de la dignidad humana". Disculpe la cita larga pero se hacía necesaria. Creo que una conciencia moral es insuficiente ante la arremetida de la violencia y la barbarie, ya que la promocion lleva a diferentes tipos de accion (ya sea en los medios masivos de comunicacion y otros medios), pero si estos no han calado en el "espiritu" de las personas, es muy poco lo que se puede hacer. Mientras aun persista unas trasdiciones o costumbres de corte autoritario o que aceptan silenciosamente la violencia, aun seguira siendo visto como algo "externo" los DDHH. Como Usted bien escribió urge una "ciudadania activa". Necesitamos nuevos "habitos" o "costumbres" que reemplacen a loa antiguos. El punto central es como formarlos.
Atte
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