La
ciudadanía constituye una de las facetas centrales de la identidad. Es una
dimensión política y legal del yo concreto que acompaña a todas las demás
dimensiones de la identidad personal cuando estas se despliegan en el curso de
la vida. Por “ciudadanía” aludimos a dos elementos básicos para la vida
pública. En una perspectiva moderna, 1) el ciudadano es titular de
derechos universales y libertades individuales, en conformidad con una
interpretación contractualista de la justicia. La fuente de legitimidad del
ejercicio del poder político y de las propias instituciones es el respeto
irrestricto de tales derechos y libertades fundamentales. En la clave de una
herencia clásica – común al pensamiento de los griegos y los romanos – 2)
el ciudadano es un agente político concreto, es decir, un sujeto capaz
de intervenir activamente en la dinámica de la legislación, el debate público y
la vigilancia del uso del poder político por parte de las autoridades elegidas.
Podemos recordar la famosa tesis de Aristóteles, según la cual el ciudadano es
aquel que gobierna y a la vez es gobernado[2].
Se
trata de dos concepciones complementarias de ciudadanía[3].
El énfasis en los derechos fundamentales requiere de una ciudadanía activa que
esté comprometida con su defensa en tiempos de crisis, e incluso en la política
del día a día. Sin esta clase de praxis,
los derechos pueden ser conculcados por autoridades inescrupulosas o por
gobernantes guiados por una inaceptable vocación autoritaria. Del mismo modo,
en la escena democrática contemporánea, el ejercicio de la política encuentra
en el vocabulario y la práctica de los derechos el corazón mismo del debate
público y de la acción cívica. Estamos hablando de dos componentes básicos de
nuestra identidad política.
La
diversidad cultural – además de otras diferencias significativas para el
desarrollo de la identidad – subyace a (y está presente en) la condición de
ciudadano. Personas que provienen de culturas distintas, que profesan credos
religiosos y convicciones éticas y
sociales diferentes, pero que habitan la misma comunidad política,
comparten la ciudadanía como una condición y una actividad que les es común.
Observan la misma carta constitucional, participan de las mismas instituciones
estatales y se reconocen en una misma historia política y social; todas estos
aspectos de la vida común constituyen fuentes de valores públicos
particularmente significativos. El sentido de justicia y solidaridad asociado a
la defensa de los derechos humanos y a la participación cívica es la expresión
de estos valores. Estas excelencias requieren de procesos pedagógicos que hagan
posible su incorporación en la vida, como competencias que orientan la
deliberación y la acción política.
Quisiera
examinar dos elementos cruciales para la construcción de esa pedagogía
ético-política. La reivindicación de los derechos humanos y el cuidado de la
razón práctica constituyen dos dimensiones de la educación cívica en las que se
desarrolla una actitud específica – particularmente autorreflexiva - frente a
los bienes de la pertenencia cultural y a la atención rigurosa a la diversidad.
Ellas ponen de manifiesto en qué medida la ciudadanía encarna la dimensión
política de nuestras identidades concretas.
[1]Doctor en Filosofía por la Universidad Pontificia
de Comillas (Madrid, España). Actualmente es profesor en la Pontificia Universidad
Católica del Perú y en la Universidad Antonio Ruiz de Montoya, donde
coordina la Maestría
en filosofía con mención en ética y política. Es autor de los libros Tiempo
de Memoria. Reflexiones sobre Derechos Humanos y Justicia transicional
(2009) y Racionalidad y conflicto ético. Ensayos sobre filosofía práctica
(2007). Es autor de diversos ensayos sobre filosofía práctica y temas de
justicia y ciudadanía publicados en volúmenes colectivos y revistas
especializadas del Perú y de España.
[2]Cfr. Política 1277b 10.
[3] He discutido esta tesis en Gamio,
Gonzalo “El cultivo de las Humanidades y la construcción de ciudadanía” en Miscelánea
Comillas. Revista de Ciencias Humanas y Sociales Vol. 66 (2008) Nº
29 pp. 237 – 54.
No hay comentarios:
Publicar un comentario